Las partes acordaron que la cooperación estará referida a las actividades establecidas entre ellas para desarrollar, fomentar y difundir sus logros, resultados, acciones, propuestas, proyectos y planes en materia de docencia, bibliotecología, tecnología de la información, investigación cultural, orientación a la ciudadanía y cooperación interinstitucional.
El pasado miércoles 23 a las 10:00 am, se llevó a cabo la firma de un convenio marco de cooperación interinstitucional, establecido entre la UNIVERSIDAD DE MARGARITA, representada en este acto por el Presidente del Consejo Superior, Prof. PEDRO AUGUSTO BEAUPERTHUY y el Instituto Autónomo de Servicios de Bibliotecas y Tecnología de la Información del Estado Nueva Esparta IASBTIENE, presidido por su Presidenta, la Lcda. LINA EMPERATRIZ ECHEVERRÍA GRATERON.
Durante el evento, el cual contó con la presencia del Rector de la UNIMAR, Dr. Gerardo Aponte, Lcdo. José Miguel Camino, la Coordinadora del convenio Lcda. Sirius Duque, personal administrativo, la Presidenta del IASBTIENE y la Coordinadora de la Red de Bibliotecas del Estado Nueva Esparta, Lcda. Irma Naar, las partes acordaron que la cooperación estará referida a las actividades establecidas entre ellas para desarrollar, fomentar y difundir sus logros, resultados, acciones, propuestas, proyectos y planes en materia de docencia, bibliotecología, tecnología de la información, investigación cultural, orientación a la ciudadanía y cooperación interinstitucional.
Asimismo, las cláusulas acordadas en tan especial e importante ocasión para las dos instituciones, fueron las siguientes:
-Programar y ejecutar actividades académicas conjuntas entre ambas instituciones. Para ello podrán desarrollar y organizar congresos, conferencias, cursos, seminarios, simposios, talleres, asignaturas electivas, cátedras y carreras especiales, en el área de bibliotecología, tecnología de la información, pre y postgrado, programas especiales y culturales, Maestría en Historia Regional Local y de Venezuela, entre otras áreas del conocimiento.
-El IASBTIENE conviene con UNIMAR, la presentación de ponentes, conferencistas, especialistas, catedráticos y académicos, para disertar sobres asuntos educativos, históricos, sociales, culturales, políticos, jurídicos, en foros, talleres, conferencias, simposios, cursos, seminarios y cátedras selectivas para los estudiantes de pre y posgrado de UNIMAR, para los empleados de ambas Instituciones IASBTIENE y UNIMAR y para la comunidad general.
-Se acordó además, el diseño, planificación y ejecución de planes académicos de programas relacionados con las actividades realizadas por las partes.
-Intercambio recíproco de información de interés mutuo sobre temas de investigación, culturales, académicos, folklóricos, científicos, tecnológicos, que puedan conllevar o resultar en la edición de libros y demás publicaciones.
-Intercambiar espacios, opiniones e ideas para el desarrollo conjunto de programas académicos de docencia, investigación y extensión.
-Colaborar, asesorar y tener acceso a las investigaciones de campo y a la realización de trabajos de ascenso e investigación.
-Apoyar y promover la realización de actividades conjuntas de investigación académica, científica o tecnológica de interés común.
-Intercambiar experiencias en áreas de interés común para fortalecer los servicios que ofrecen y desarrollan ambas instituciones.
-Favorecer la difusión de los avances y actividades culturales, sociales y académicas del Estado Nueva Esparta.
-Contribuir con el desarrollo de la Educación Superior y del acceso de la población conforme a las normativas constitucionales y legales vigentes.
-UNIMAR acordó también con el IASBTIENE que los funcionarios de este último y los hijos de estos, estudien en esta Universidad con un descuento del veinte por ciento (20%) en el costo de la inscripción y mensualidades de cualquier carrera, excepto en aquellos casos que se trate de estudiantes en régimen de repitencia o con materias pendientes. Este descuento será reconocido también para cualquier curso o taller dictado en esta institución.
Finalmente, el presente convenio tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir de la fecha cierta de su suscripción. Cumplida la vigencia de este contrato es potestad exclusiva de las partes acordar su prórroga por un período igual, mayor o menor de tiempo; a cuyos efectos se extenderá por escrito otro convenio si así fuere el caso.
Fuente: Prensa IABSTIENE.
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