miércoles, 31 de octubre de 2012



Por más de 6 millones 500 mil bolívares

Este viernes Gobernación cancela deudas

****  Beneficiará a obreros fijos, empleados, bedeles, jubilados y pensionados

(CNP 12.205) El gobernador Morel Rodríguez Ávila decidió emplear el 90% del crédito adicional de 6 millones 356 mil 895 bolívares para la cancelación de deudas con el personal obrero, empleados, bedeles, jubilados y pensionados  adscritos al ejecutivo regional e institutos autónomos.
            El director de Finanzas Públicas, Orlando Moreno, informó que este pago se hará efectivo el viernes 2 de noviembre con la cancelación de las cláusulas 56, 35 y 43 de la contratación colectiva de obreros, empleados y bedeles, de acuerdo a lo aprobado por el Consejo Legislativo Regional (CLENE) el pasado 30 de octubre.
Asimismo, señaló que, adicionalmente, el gobernador Morel Rodríguez decretó una insuficiencia por el monto de 437 mil 978, 04 bolívares para completar esta cancelación, ya que el dinero enviado por el nivel central no cubría toda esta asignación.
El monto total destinado para honrar este importante compromiso con los trabajadores es de 6 millones 577 mil 238 bolívares, correspondiente a la deuda de los meses mayo y diciembre del año 2011, sin la incidencia del bono vacacional.
De acuerdo a los cálculos realizados por la oficina de Finanzas Públicas, 343 obreros fijos; 695 empleados; 44 empleados de alto nivel y dirección; 850 empleados y obreros jubilados y pensionados y 663 bedeles entre activos, jubilados y pensionados recibirán este beneficio.
Además de personal del Iasbtiene, Corposalud, Museos, Iacene e Inepol.
El gobernador Morel Rodríguez cumple de esta forma con su palabra de destinar los recursos que manda, vía crédito adicional, el nivel central para atender las demandas de los trabajadores al servicio del ejecutivo regional. Así como está a la espera de más recursos para solventar los problemas de infraestructura, educación, salud y servicios públicos de las comunidades insulares.

Qué dicen las cláusulas
En las contrataciones colectivas de los obreros, empleados y bedeles se establece que cada vez que el ejecutivo nacional decrete un incremento del salario mínimo, el mismo porcentaje será calculado a los trabajadores amparados  por estas contrataciones que no devengan salario mínimo a fin de mantener la nivelación salarial.


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