Proponen amnistía vía decreto legislativo en vez de ley
Fundamentados en el artículo 187 de la Constitución, procuran evitar el veto presidencial y la obstaculización del TSJ
El Foro Penal Venezolano propuso un decreto legislativo de amnistía de todos los presos y perseguidos políticos en vez de una ley. La organización no gubernamental optó por esta vía alterna para evitar el veto presidencial, que ya anunció el jefe del Estado, Nicolás Maduro, así como los eventuales obstáculos provenientes del Tribunal Supremo de Justicia.
La propuesta, concebida como “un primer borrador”, cuenta con el aval de 21 juristas y se fundamenta en el artículo 187, numeral 5 de la Constitución, el cual faculta a la Asamblea Nacional para decretar amnistías, con plena eficacia y de obligatorio e inmediato cumplimiento por todos los órganos del poder público.
La Sala Constitucional, insisten los autores de la propuesta, no tiene jurisdicción para examinar la conveniencia de un decreto legislativo de amnistía por tratarse de una decisión política que escapa a su control. Solo podría revisarlo si quebranta las garantías para evitar la impunidad de los delitos de lesa humanidad, violaciones graves de derechos humanos y crímenes de guerra, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la carta magna.
El proyecto de decreto define la amnistía: “…se refiere a hechos que han sido considerados como infracciones al ordenamiento jurídico en general, y no a las personas individualizadas, de manera que si el hecho o suceso que le da origen queda despenalizado (…) la amnistía opera para todas las personas que pudieran haber sido sujetas a denuncias, acusaciones, o que de oficio hayan sido investigadas, acusadas o sujetas a procedimientos de cualquier tenor, o sancionadas a consecuencia de los mismos”.
Y los hechos objeto de amnistía están enunciados en el artículo 12 del proyecto de decreto: los ocurridos el 11, 12, 13 y 14 de abril de 2002 que no hayan sido abarcados por la amnistía concedida el 31 de diciembre de 2007, los vinculados al paro petrolero de 2002 y 2003, así como las protestas a propósito del referéndum revocatorio presidencial de 2004, las elecciones presidenciales de 2006, la revocatoria de la concesión a RCTV en 2007, la Ley Orgánica de Educación en 2009, las elecciones presidenciales de 2013, la crisis política y la represión en 2014.
No serían beneficiarios del decreto los funcionarios de los cuerpos de seguridad que hayan incurrido en violaciones de derechos humanos ni los particulares procesados por corrupción.
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