Tribunal negó medida de protección para niños sin medicinas
En la sentencia alegan que Cecodap no demostró el desabastecimiento de medicamentos, pues solo se basó en artículos de prensa
Luego de 17 días, el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Área Metropolitana negó el jueves el conjunto de medidas preventivas que introdujo el Centro Comunitario de Aprendizaje, Cecodap, para hacerle frente al desabastecimiento de medicinas pediátricas. Apelarán el fallo el lunes.
“La sentencia tiene dos partes: en la primera dice que se desestima la medida porque los casos de escasez de medicinas presentados se basan en artículos de prensa y que por lo tanto no dimos pruebas fehacientes del desabastecimiento; en la segunda, alegan que también corresponde a la familia garantizar los medicamentos de los niños”, explica Carlos Trapani, abogado del Cecodap.
El segundo argumento va en contra del artículo 41 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente que dice en el parágrafo segundo: “El Estado debe asegurar el suministro gratuito y oportuno de medicinas, prótesis y otros recursos necesarios para el tratamiento médico o rehabilitación”. El artículo 83 de la Constitución establece: “La salud es un derecho fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida”.
La sentencia deja desasistidos a pacientes con enfermedades crónicas y no crónicas que no consiguen medicamentos. Trapani agrega que el fallo deja a la Lopnna sin validez: “Se reduce a un listado de buenas intenciones que nadie hace cumplir”.
De “lamentable” calificó la medida Gloria Perdomo, profesora en Derechos de la niñez en la Universidad Católica Andrés Bello. “Frente a la gravedad de lo que está ocurriendo en el país con el desabastecimiento de medicamentos y alimentos, que es público y notorio, la decisión del tribunal es hacer como el avestruz, ocultar la cabeza”.
Perdomo asegura que nunca había visto una sentencia que expresara “tan crudamente” desinterés por el derecho a la salud de los jóvenes. “¿Qué espera el juez, que el abogado que exige la protección presente un listado forense con todos los niños agravados, muertos o que no pudieron acceder a la medicinas? Eso tiene que saberlo el Estado”, critica.
La experta cree que la negación de las medidas de protección es una mancha en la historia judicial del país. “El Tribunal de Protección era un recurso en el que podía encontrarse apoyo. Que sea justamente un tribunal el que actúe de forma negligente, que les dé la espalda a los niños es totalmente inaceptable”.
Las medidas preventivas anticipadas buscaban asegurar el abastecimiento, distribución y el acceso de medicamentos esenciales pediátricos, priorizar la atención y el registro de los niños y adolescentes en el Siamed; asignar recursos económicos permanentes que garanticen la adquisición de fármacos y dotar a todos los establecimientos de medicamentos esenciales.
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