TSJ rechazó recusaciones contra la Sala Electoral
Se tacharon de "genéricos" señalamientos contra magistrados
Gutiérrez resolvió recusaciones contra todos los magistrados de la Sala Electoral OSWER DÍAZ/ARCHIVO
JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
miércoles 17 de febrero de 2016 12:00 AM
Los magistrados de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, Indira Alfonzo, Malaquías Gil, Christian Zerpa, Fanny Márquez y Jhanett Madriz, podrán seguir conociendo las impugnaciones que el oficialismo interpuso contra las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre en el estado Amazonas y en circuitos de Aragua y Yaracuy, pues fueron desechadas las recusaciones que la oposición interpuso contra ellos.
La decisión la adoptó la presidenta del máximo juzgado, magistrada Gladys Gutiérrez, la cual en cuatro autos, fechados el 2 de febrero, declaró "inadmisibles" las objeciones que los proclamados diputados opositores por Aragua, Amelia Belisario, Melva Paredes, Karin Salanova, Mariela Alexandra Magallanes y José Simón Calzadilla Peraza; y de Yaracuy, Luis Eduardo Parra, interpusieron en diciembre pasado contra los cinco miembros de la Sala Electoral.
La respuesta de Gutiérrez a los señalamientos de "parcialidad" e "interés" por parte de los magistrados se produce mes y medio después de que la instancia judicial admitiera ocho recursos contenciosos electores interpuestos por el oficialismo; y dejara sin representación al estado Amazonas al suspender cautelarmente la juramentación de cuatro legisladores (tres opositores y uno oficialistas).
Sin sustento
El pronunciamiento de la Presidenta del TSJ permitió a su vez al magistrado Gil, vicepresidente de la Sala Electoral, a rechazar este lunes cuatro recusaciones más que José Luis Cartaya, secretario general de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), interpuso contra la magistrada Alfonzo, de la que puso en duda su imparcialidad porque ejerció "cargos de confianza de naturaleza política en la administración pública íntimamente relacionadas con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) desde el año 2000, llegó incluso a ser asistente del actual presidente de esta organización con fines políticos, ciudadano Nicolás Maduro".
"La recusación contiene señalamientos genéricos carentes de sustrato fáctico y apreciaciones personales e infundadas, que devienen en insinuaciones precarias, que además no son acompañadas de elementos probatorios concluyentes", replicó el magistrado Gil en sus dictámenes, en los cuales agregó que en las objeción se "observa la existencia de unos argumentos carentes de solidez, utilizados como soporte de un presunto interés político, que a decir del recusante incidiría directamente en las resultas del juicio, con el supuesto objeto de favorecer al accionante en el recurso contencioso electoral".
Antes de ser designada magistrada de la Sala Electoral en diciembre de 2014, Alfonzo se desempeñó como funcionaria legislativa primero en el extinto Congreso de la República y posteriormente en la Asamblea Nacional, tal y como ella misma reconoció en su respuesta a las recusaciones.
Sin embargo, la funcionaria negó los señalamientos de parcialidad, pues recordó que "ante notario" expresó "a su voluntad de renunciar a cualquier organización política o grupo de electores".
El ponente del caso fue diputado del PSUV hasta que en 2010 fue nombrado magistrado de la Sala Electoral.
El numeral 5 del artículo 37 de la Ley Orgánica del TSJ establece que para integrar el máximo juzgado los interesados deben "renunciar a cualquier militancia político-partidista".
La decisión la adoptó la presidenta del máximo juzgado, magistrada Gladys Gutiérrez, la cual en cuatro autos, fechados el 2 de febrero, declaró "inadmisibles" las objeciones que los proclamados diputados opositores por Aragua, Amelia Belisario, Melva Paredes, Karin Salanova, Mariela Alexandra Magallanes y José Simón Calzadilla Peraza; y de Yaracuy, Luis Eduardo Parra, interpusieron en diciembre pasado contra los cinco miembros de la Sala Electoral.
La respuesta de Gutiérrez a los señalamientos de "parcialidad" e "interés" por parte de los magistrados se produce mes y medio después de que la instancia judicial admitiera ocho recursos contenciosos electores interpuestos por el oficialismo; y dejara sin representación al estado Amazonas al suspender cautelarmente la juramentación de cuatro legisladores (tres opositores y uno oficialistas).
Sin sustento
El pronunciamiento de la Presidenta del TSJ permitió a su vez al magistrado Gil, vicepresidente de la Sala Electoral, a rechazar este lunes cuatro recusaciones más que José Luis Cartaya, secretario general de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), interpuso contra la magistrada Alfonzo, de la que puso en duda su imparcialidad porque ejerció "cargos de confianza de naturaleza política en la administración pública íntimamente relacionadas con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) desde el año 2000, llegó incluso a ser asistente del actual presidente de esta organización con fines políticos, ciudadano Nicolás Maduro".
"La recusación contiene señalamientos genéricos carentes de sustrato fáctico y apreciaciones personales e infundadas, que devienen en insinuaciones precarias, que además no son acompañadas de elementos probatorios concluyentes", replicó el magistrado Gil en sus dictámenes, en los cuales agregó que en las objeción se "observa la existencia de unos argumentos carentes de solidez, utilizados como soporte de un presunto interés político, que a decir del recusante incidiría directamente en las resultas del juicio, con el supuesto objeto de favorecer al accionante en el recurso contencioso electoral".
Antes de ser designada magistrada de la Sala Electoral en diciembre de 2014, Alfonzo se desempeñó como funcionaria legislativa primero en el extinto Congreso de la República y posteriormente en la Asamblea Nacional, tal y como ella misma reconoció en su respuesta a las recusaciones.
Sin embargo, la funcionaria negó los señalamientos de parcialidad, pues recordó que "ante notario" expresó "a su voluntad de renunciar a cualquier organización política o grupo de electores".
El ponente del caso fue diputado del PSUV hasta que en 2010 fue nombrado magistrado de la Sala Electoral.
El numeral 5 del artículo 37 de la Ley Orgánica del TSJ establece que para integrar el máximo juzgado los interesados deben "renunciar a cualquier militancia político-partidista".
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