sábado, 22 de octubre de 2016

Alcaldes opositores no firmarán Presupuesto 2017

Alcaldes opositores no firmarán Presupuesto 2017

Asociación de Alcaldes

Los alcaldes aseguran que nunca antes se les ha exigido suscribir o avalar la ley que contiene el Presupuesto Nacional. “Hacerlo extralimita nuestras atribuciones y competencias
Todos miembros de la Asociación de Alcaldes por Venezuela se negaron este viernes a firmar el Presupuesto Nacional 2017, en respuesta a la solicitud realizada por el presidente Nicolás Maduro, según expresaron en un comunicado difundido.
Los alcaldes aseguran que nunca antes se les ha exigido suscribir o avalar la ley que contiene el Presupuesto Nacional. “Hacerlo extralimita nuestras atribuciones y competencias, porque pertenecemos a un poder público distinto al que tiene las atribuciones constitucionales para formular y aprobar el Presupuesto Nacional”, reza el comunicado.
El comunicado no fue suscrito por 6 alcaldes del estado Zulia, quienes el 19 de octubre ya habían firmado el Presupuesto 2017 por "el beneficio de su pueblo"
La asociación sostuvo los siguientes planteamientos para no aprobar el Presupuesto:
  • El Poder Público Municipal no tiene ninguna competencia para aprobar o no el Presupuesto Nacional.  En el artículo 168 de la Constitución se establece que la autonomía municipal comprende la gestión en materia municipal: no comprende la gestión de asuntos o materias que no correspondan a esas competencias.
  • Las competencias municipales están  establecidas en el artículo 178 de la Constitución. En ninguno de sus ocho numerales establece que las alcaldías intervengan en la formulación o aprobación  del Presupuesto.  Tanto su formulación como su aprobación corresponden a diferentes órganos que integran el Poder  Público Nacional.
  • El artículo 179 de la Constitución establece como uno de los ingresos de los municipios los derivados del  Situado Constitucional,  así como otras transferencias o subvenciones nacionales o estadales.
  • La obligación constitucional y legal de incluir en el Presupuesto Nacional el porcentaje necesario para cumplir con el situado a todos los municipios del país recae en los órganos del  Poder Público Nacional que deben formular y aprobar la Ley de Presupuesto Nacional.
  • La Administración y el gobierno de los municipios corresponde a los alcaldes conforme lo dispone el  artículo  174 de la Constitución. Solo los alcaldes, con todas las limitaciones legales y controles propios del Poder Público Municipal, los únicos que pueden administrar todos los ingresos municipales, sean propios del municipio o derivados del situado constitucional o de cualquier otra fuente. Todos los ingresos integran en su conjunto  el Tesoro Municipal que debe ser manejado como una Unidad conforme a las leyes vigentes de la República.
  • Bajo estos razonamientos constitucionales y legales expresamos que no se puede poner en riesgo el salario de cientos de miles de trabajadores públicos de las administraciones municipales  y mucho  menos la posible paralización o interrupción de servicios públicos vitales para todos los ciudadanos venezolanos, por diatribas políticas. La exigencia  de nuestras firmas como señal de conformidad con la forma de aprobación del Presupuesto Nacional 2017, excede completamente nuestras  funciones constitucionales y legales.
  • Más allá de las personales opiniones políticas o jurídicas que pueda tener cada alcalde del país con respecto a la forma en que fue aprobado el Presupuesto Nacional 2017, ninguno tiene competencia  para con su firma validar o no el procedimiento utilizado.
  • Como alcaldes y en cumplimiento de la Constitución y leyes vigentes, nos corresponde liderar el proceso de formulación de los presupuestos en cada uno de los municipios en los cuales somos autoridad, para lo cual hemos respetado la presentación del Plan de Inversión Municipal ante los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) y presentaremos antes del 31 de octubre los proyectos de ordenanzas municipales contentivos de los presupuestos municipales: que contemplan los ingresos derivados del situado constitucional conforme nos ha notificado la ONAPRE que fue incluido en el Presupuesto Nacional 2017.
Con información de Nota de prensa

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