Aprobado el decreto que regula a camiones cisternas
El documento dicta que entes competentes y transportistas tienen 30 días para hacer los ajustes. El valor del servicio tendrá dos tasas fijas, sujetas a incremento por Km recorrido.
Mario Guillén Montero | @imathiox
Los camiones deberán ser adecuados para seguir prestando el servicio. /Foto: ARCHIVO
SOL DE MARGARITA, 2 Jun, 2016 | El decreto que regula el servicio de los camiones cisterna en la región insular fue aprobado ayer por el gobernador del estado Nueva Esparta, Carlos Mata Figueroa.
El objetivo es fijar las tarifas que se pagarán a los prestadores de servicio por el transporte desde los parales hasta los sectores indicados por las autoridades competentes, conforme a un cronograma fijado.
El jefe de la Región Estratégica de Defensa Integral Marítima e Insular (Redimain), vicealmirante Víctor Ortiz Rojas, reseñó que ayer recibieron este documento y este requiere de organización para la aplicación de estrategias para su operación.
Ortiz agregó que tienen un lapso de 30 días para disponer de toda la estructura logística establecida para ponerlo en funcionamiento y que los camioneros adopten las normas exigidas.
Los vehículos serán identificados con una calcomanía con el logotipo de la Gobernación insular, con la numeración adjudicada, la tarifa vigente y un letrero que indique “Agua potable para el consumo humano”.
El decreto reseña que los tanques de las cisternas deben ser de material resistente, preferiblemente acero inoxidable, deben estar protegidos interiormente para evitar la corrosión e impedir que el líquido se contamine. Además, deberán tener tapa de cierre hermético y con un diámetro que permita el acceso a una persona, válvula de entrada y salida, mangueras, comparador de cloro, y un cono de seguridad vial.
Tarifas
Los camiones con capacidad de carga menor o igual a 10 mil litros de agua, el flete será de 13.400 bolívares por viaje. Mientras los que sobrepasen dicho contenido será de Bs 20.100.
Además, habrá un pago adicional por kilómetro recorrido, desde el paral hasta el destino, después de cinco kilómetros de Bs 250.
El pago se hará a los camioneros una vez el agua sea suministrada, además deberán entregar una factura al usuario donde se reflejen los datos del camión, el nombre y cédula de identidad de quien recibe el pago.
Los camioneros deberán acatar las normas sanitarias para el control del agua potable transportada en camiones cisterna emanada y controlada por Corposalud. Además, de su permiso sanitario personal, emitido en la Contraloría Sanitaria.
El personal que trabaje en la provisión, tratamiento, y distribución del agua potable estará obligado a cumplir con las normas de higiene y no manipular ningún objeto contaminante, ni surtir agua de pozos o tomas no autorizadas por Hidrocaribe, estos también deben presentar certificado de salud anualmente.
Los trabajadores de este servicio serán incluidos en la Proveeduría de Transporte de Bus Margarita para su provisión de recursos e insumos, así como también en las misiones sociales.
No acumulativos
El decreto mantiene que los camioneros harán el primer viaje como colaboración, el cual será enviado a las comunidades más necesitadas y será distribuido a través de una Sala Situacional del Agua de Hidrocaribe. Se especifica que los traslados no realizados en el día donde efectuó el colaborativo, no serán acumulados para los días posteriores.
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