José Ignacio Hernández: Bases comiciales; otro golpe a la democracia
Fotografía de Prensa Presidencial
En la tarde del 23 de mayo de 2017 el Gobierno presentó al Consejo Nacional Electoral las “bases” para la elección de los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente ciudadana, que el propio Gobierno convocó el pasado 1 de mayo.
Estas bases son otro golpe a la democracia. Así, tres elementos destacan: (i) la usurpación de la soberanía popular, pues el Gobierno no solo convocó a la constituyente sino que además impone sus condiciones de elección; (ii) la elección de los constituyentes, parcialmente, será por sectores, lo que viola el derecho al sufragio universal y (iii) se anuncia la intención de la constituyente de usurpar las funciones de la Asamblea Nacional.
1. Las bases: otra usurpación de la soberanía popular
El Gobierno no solo usurpó la soberanía popular al convocar la Asamblea Nacional Constituyente, sino que además, usurpó esa soberanía al imponer las condiciones de elección de los constituyentes.
Hasta ahora, el Gobierno ha dado un argumento muy pobre para justificar jurídicamente su proceder: de acuerdo con el artículo 348 de la Constitución, el Presidente de la República en Consejo de Ministros tiene la iniciativa para la convocatoria de la constituyente. Por ello, el Gobierno sostiene que él puede decidir la convocatoria de la constituyente y además, imponer sus bases o condiciones de elección.
Con ello, el Gobierno confunde deliberadamente la “iniciativa” para convocar la constituyente (artículo 348 de la Constitución) con la “convocatoria” de la constituyente (artículo 347). El artículo 347 es muy claro: el pueblo, como depositario del poder constituyente, es quien decide sobre su convocatoria. Y el artículo 5 de la Constitución es todavía más claro: la soberanía reside en el pueblo, y nadie –incluyendo al Gobierno– puede quitarle al pueblo esa soberanía.
Lo que ha hecho el Gobierno es ignorar esas normas constitucionales y usurpar la soberanía popular, primero, al convocar la constituyente y ahora, al imponer sus bases de funcionamiento.
Esa usurpación es todavía más evidente, si repasamos lo que opinaban, sobre este punto, quienes hoy justifican la convocatoria de la constituyente sin consultar al poder constituyente. Así, en 1995 Hermann Escarrá publicó un libro (Democracia: reforma constitucional y asamblea constituyente), en el cual sostuvo que solo el pueblo puede decidir si convoca o no la constituyente, conclusión que reiteró en un discurso de 2013. Por su parte, como ya expliqué aquí en Prodavinci, Elías Jaua, en el debate constituyente de 1999, sostuvo que solo el pueblo podía decidir sobre la constituyente, y que esa decisión era inatacable.
Esta contradicción lo que evidencia es que la convocatoria de la constituyente, y las bases impuestas por el Gobierno, son ilegítimas, pues no son resultado de la consulta a la voluntad del pueblo.
Hay un argumento adicional. Las bases propuestas por el Gobierno limitan el derecho de participación ciudadana al regular quiénes podrán postularse al cargo de constituyente. Sin embargo, solo la voluntad popular puede limitar a la propia soberanía popular. Por ello, precisamente, las bases de la constituyente deben ser aprobadas por el voto. Al no contar con esa aprobación, nos encontramos ante una limitación ilegítima al derecho de participación ciudadana impuesta por el Gobierno en clara usurpación de funciones.
2. Una Asamblea Nacional Constituyente sectorial
Parte de los constituyentes, de acuerdo con las ilegítimas bases, serán electos entre sectores previamente designados por el Gobierno. De esa manera, dentro de cada sector podrán postularse candidatos, de lo cual resulta una clara limitación al derecho al sufragio: los electores no podrán postularse libremente, sino que tendrán que postularse a través de sectores. Consecuentemente, el elector pierde su libertad: podrá escoger, ciertamente, pero solo entre los postulados de los sectores definidos por el Gobierno.
Además, basta revisar el listado de sectores para comprobar cómo muchos de ellos operan bajo el control del Gobierno, como sucede con los consejos comunales y comunales, que por Ley, solo pueden existir para apoyar el modelo socialista del Gobierno.
Ciertamente, hay constituyentes electos por circunscripciones municipales, siendo evidente aquí, también, importantes distorsiones. Sin embargo, que existan constituyentes electos por sectores supone de por sí una arbitraria limitación al derecho al sufragio, pues no existirá libertad de postulación y, en consecuencia, libertad de selección.
La constituyente sectorial viola el derecho al sufragio universal y rompe con el principio de igualdad de voto, pues solo algunos podrán postular candidatos, si cumplen con las condiciones prefijadas por el Gobierno. De acuerdo con estas bases, por ello, y como diría George Orwell, hay unos electores “más iguales que otros”.
3. Una Asamblea Nacional Constituyente con poder absoluto
Las bases afirman que la Asamblea Nacional Constituyente será originaria, lo que implica que no quedará vinculada a la Constitución de 1999, ni a ninguno de los Poderes Públicos previstos en ella.
Por ello, en la práctica, la Asamblea Nacional Constituyente podrá decidir sobre el destino del resto de los Poderes Públicos, que en la práctica, quedarían subordinados a ella.
Esto permitiría a la Asamblea Nacional Constituyente, por ejemplo, remover ilegítimamente a los representantes de los Poderes Públicos, como por ejemplo, la Fiscal General de la República, quien ya se manifestó en contra de esta iniciativa.
Lo propio podría suceder con la Asamblea Nacional. De hecho, las bases disponen que la asamblea constituyente va a sesionar en el Salón Elíptico del Palacio Federal Legislativo, que es la sede de la Asamblea Nacional. Esto es un buen indicio de cuál será el destino de esa Asamblea, si en efecto, esta fraudulenta e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente se instala.
4. ¿Y ahora?
Ahora corresponde al CNE decidir si acata o no las espurias bases y organiza la elección tal y como el Gobierno Nacional ordenó que se hiciera. Aquí, me temo, no habrá sorpresa: la mayoría de los rectores del CNE acatarán la voluntad del Gobierno y procederán a organizar esta elección, en claro fraude a la Constitución.
Con tal proceder, la mayoría del CNE pondrá en evidencia su claro sesgo a favor del Gobierno. Recordemos todas las ilegítimas trabas puestas por el CNE para tramitar el referendo revocatorio del mandato presidencial; la ilegítima suspensión de las elecciones regionales y la ilegítima ilegalización de los partidos políticos de oposición. Al recibir estas bases, sin embargo, el CNE –como ya adelantó su Presidente y la Rectora D’Amelio– probablemente actuará con gran diligencia, traicionando así su objetivo de salvaguardar el derecho de participación ciudadana.
Pues esta Asamblea Nacional Constituyente “ciudadana” supone el mayor atentado al derecho de participación que se ha cometido en los tiempos recientes en Venezuela, y el mayor golpe que se pueda dar a la democracia constitucional.
Así, lo que el Gobierno está usurpando es, ni más ni menos, la esencia de la soberanía popular, cual es el llamado poder constituyente originario. Consumada esa usurpación, solo quedará la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente ciudadana como poder de facto que eliminará todo vestigio de la democracia constitucional en Venezuela.
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