sábado, 9 de febrero de 2019

TSJ le sigue anulando leyes a Juan Guaido


TSJ le sigue anulando leyes a Juan Guaido



Ahora el TSJ declara nula la Ley del Estatuto de Transición de la AN y ordena investigar a embajadores designados por Guaidó
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se pronunció este viernes y ratificó el desacato de la Asamblea Nacional (AN)  y por ende la nulidad de todos sus actos y decisiones, asimismo declaró “subconstitcuional” la Ley del Estatuto de Transición aprobada, el martes en sesión del Parlamento, de mayoría opositora.
El presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan Mendoza, presentó la decisión ante el país. Aseguró que “no existe en la Constitución un estatuto que pretenda dirigir una transición, es evidente que no tiene jerarquía para derogar la Constitución y no cumple con los requisitos y es abiertamente nulo”.
También señaló que en sentencia del máximo tribunal se deja establecido que hay “una usurpación de funciones de Juan Guaidó al autoproclamarse como presidente de Venezuela” y ordenó a la Fiscalía General de la República  a que investigue por el delito de “Traición a la Patria” a quienes acepten cargos de embajadores  designados por Juan Guaidó, presidente además de la Asamblea Nacional.
Advirtió el TSJ que “las personas naturales que acepten usurpar funciones de embajadores dentro o fuera están incurso en delitos de usurpación, usando un órgano (Asamblea Nacional) que está en desacato y cuyos actos se encuentran nulos”.
“Juan Guaidó incurre en usurpación al pretender tomar atribuciones que son del presidente de la República, Nicolás Maduro, quien fue juramentado ante la sala plena de la TSJ por causas sobrevenidas establecidas en la Constitución, la Asamblea Nacional está en desacato y entra en una flagrante del artículo 233 de la Constitución puesto que no existe ninguna falta absoluta que produzca la vacante” en Miraflores.
El alto tribunal reiteró que la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) es el poder originario y atendiendo  la Constitución de 1999  los poderes constituidos no deben objetar el poder constituyente.
Globovisión

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