Contrastes y controversias, por Rafael Viloria
Publicado agosto 16, 2019
Ravil_45@hotmail.com
“Oposición o diferencia notable que existe entre personas o cosas…”
“Discusión reiterada sobre algún asunto…” No es lo mismo jugar que ver jugar.
Desde 1958 a la fecha: en Venezuela se viene hablando de democracia participativa y protagónica, en el ejercicio conductor de los asuntos sociales, económicos y políticos del país. De ello da muestras, el “Preámbulo” de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.
Preámbulo: El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana.
Artículo 1. Venezuela se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.
Al confrontar el preámbulo con los principios y los derechos nos damos cuenta de la presencia de un gran contraste, que obviamente genera una inevitable controversia de forma y de fondo lo atinente a los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen.
Hoy aquello de la democracia participativa y protagónica, tan sabiamente visionada; muestra una realidad en permanente contraste con la visión conquistada. Ahora Venezuela está bajo el poder de una crisis social, económica y política, que jamás habíamos soñado
Contrario a lo soñado Venezuela está desarrollando una profunda anarquía, que le impide poner en ejercicio su propia capacidad intelectual y plantearse su propio despertar, reaccionar y actuar en el rescate de su propio destino. Ni en noruega, ni en barbudas, está la verdad que andamos buscando; menos en las manos de ocho personas que intentan ponerse de acuerdo; de algo que los propios venezolanos quisiéramos saber su pertinente o no. Jugar, no ver hacerlo.
La verdad está aquí, en el propio terreno donde la crisis integral, está haciendo estragos sociales económicos y políticos. No debemos seguir siendo conejillos de indias en experimentos políticos en clara manifestación equivocada de nuestra propia visión constitucional venezolana.
Dejemos de ser solo espectadores de un juego que no nos pertenece. Hagamos el nuestro, con nuestros propios esfuerzos. El libertador está esperando por nosotros, para bajar tranquilo al sepulcro. El zenit llegó a su sitio no hay más espacio. Lo hacemos y lo logramos o perecemos. Es hoy, no mañana. Asunto de dignidad patriótica
Ex presidente de Ceconave
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