HASTA JUNIO DE 2020 LA TORTURA HABÍA ACABADO
CON LA VIDA DE 72 PRISIONEROS
El 26 de junio de 2020 Humberto Prado, comisionado de DDHH de la
presidencia interina de Juan Guaidó, aseguró que en 2019 los casos de tortura en Venezuela
se incrementaron en más del 526% y resaltó que esta práctica se ha vuelto común
por parte del “régimen” de Nicolás Maduro.
-Desde
la llegada de Maduro, en 2013, -señaló Prado en una Nota de Prensa emitida por
el Centro de Comunicación Nacional- han muerto 72 personas a causa de torturas
en Venezuela, de acuerdo a cifras de la ONG Provea que también señalan que entre
enero y diciembre de 2019 los casos de tortura incrementaron en 526.6% en
comparación con el año anterior.
Luego
indicó:
-Los
cuerpos de seguridad Cicpc, Dgcim y PNB han tenido mayor participación en estos
delitos que se han ejecutado en establecimientos oficiales de detención o en
zonas militares.
Prado señaló además que para este
año, Provea reportó las siguientes cifras: -5.232
violaciones a la integridad personal, 852 víctimas de trato cruel, 1.033
heridos, 1.804 allanamientos ilegales y 810 amenazas y hostigamiento.
De
igual modo apuntó que según Casla Institute, en 2019, 53% de las víctimas
torturadas fueron civiles y 47% militares.
Por
otro lado, según esa ONG, en algunos casos, los funcionarios han realizado
estas prácticas en centros clandestinos destinados para dicho fin. Asimismo
Prado reveló que “Un estudio que
entrevistó a víctimas de violaciones a DDHH en Venezuela determinó que el 100%
de los casos de tortura habían ocurrido en centros de detención o zonas
militares”.
Prado
recordó igualmente la importancia de investigar estas torturas para sancionar a
los responsables.
-En Venezuela –denunció- existe un alto margen
de impunidad en casos de torturas, lo que fomenta la repetición de tales
prácticas. Ante ello, es imprescindible que el Estado se avoque a investigar,
aun de oficio, los actos que pudieran constituir tortura; someta a los
presuntos responsables ante la justicia y aplique las sanciones a las que haya
lugar.
Finalmente
subrayó que “toda víctima de tortura
tiene derecho a gozar de una reparación integral por el daño sufrido, la cual,
atendiendo al caso concreto, podrá incluir medidas de diversa índole, entre
ellas: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción”.
(Los dos
organismos oficiales que deberían actuar en los casos de violación de los
derechos humanos en los centros de reclusión, la Fiscalía General de la
Republica y la Defensoría del Pueblo, no lo hacen porque responden a
directrices de la narcodictadura. No se conoce de ningún caso en el que estos
dos entes públicos hayan actuado de oficio para amparar los derechos humanos de
los prisioneros políticos o comunes. El régimen ha hecho caso omiso de las
órdenes emitidas por organismos internacionales para indemnizar a las víctimas
de abusos y arbirariedades de los cuerpos de exterminio. Un ejemplo es el de Linda Loaiza que llevó su
caso a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos y dicho organismo sentenció que el Estado debería indemnizarla,
pero no lo hizo)
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