Los evangelistas, aun afirmando claramente que Jesús ha sido concebido por obra del Espíritu Santo y que en aquel matrimonio se ha conservado la virginidad (cf. Mt 1, 18-25; Lc 1, 26-38), llaman a José esposo de María y a María esposa de José (cf. Mt 1, 16. 18-20. 24; Lc 1, 27; 2, 5).
Y también para la Iglesia, si es importante profesar la concepción virginal de Jesús, no lo es menos defender el matrimonio de María con José, porque jurídicamente depende de este matrimonio la paternidad de José. (…)
El hijo de María es también hijo de José en virtud del vínculo matrimonial que les une:
«A raíz de aquel matrimonio fiel ambos merecieron ser llamados padres de Cristo; no sólo aquella madre, sino también aquel padre, del mismo modo que era esposo de su madre, ambos por medio de la mente, no de la carne»*.
En este matrimonio no faltaron los requisitos necesarios para su constitución: «En los padres de Cristo se han cumplido todos los bienes del matrimonio: la prole, la fidelidad y el sacramento. Conocemos la prole, que es el mismo Señor Jesús; la fidelidad, porque no existe adulterio; el sacramento, porque no hay divorcio»**.
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