viernes, 8 de diciembre de 2023

El lawfare judicial en España

 

El lawfare judicial en España

Susan W. Tiefenbrun en su tesis “Semiotic Definition of Lawfare” publicada en Case Wester Reserve University, indica que el término Lawfare ( en castellano Guerra Judicial) habría surgido de la mezcla de las palabras Law (Ley) y Warfare (Guerra) y sería una expresión cuyo uso se ha generalizado en los medios anglosajones en la primera década de este siglo. 

Con dicho término nos referimos al “abuso de los procedimientos legales e internacionales para provocar un repudio popular contra un oponente manteniendo una apariencia de legalidad”. Así, estaríamos hablando de violaciones de las reglas del proceso penal tales como la inadmisión de pruebas, la falta de imparcialidad del Jurado, la violación del principio de proporcionalidad, crear indefensión y la llamada investigación prospectiva, prohibida en España.

Lawfare contra Podemos

En el sumario abierto por el juez Escalonilla contra la cúpula de Podemos tras una denuncia presentada por el ex-abogado de Podemos, Jose´Manuel Calvente por «presunta financiación irregular», se darían los supuestos antes mencionados de investigación prospectiva e indefensión de la parte acusada. Así, el juez Escalonilla habría iniciado el sumario basándose tan sólo en sospechas al no haber encontrado indicios penales ni pruebas aportadas, aplicando en consecuencia la llamada «investigación prospectiva» (prohibida en España). Asimismo,desaparecieron más de 2 horas de la declaración del citado Calvente ante el juez en las que aparecían las preguntas de la Fiscalía y de los abogados de Podemos a Calvente en las que se desmontaban todas las premisas acusatorias del citado ex-abogado de Podemos, lo que creó indefensión para los abogados defensores de Podemos.

El lawfare contra Pablo Iglesias tuvo su plasmación en la cabriola jurídica de la nueva estrella mediática del firmamento judicial , el juez García Castellón, quien pertenecería al llamado “clan de los políticos afines al PP”, con el objetivo inequívoco de  declarar a Pablo Iglesias como investigado en el llamado “Caso Dina” y forzar su dimisión como Vicepresidente del Gobierno y que fue otro caso de lawfare judicial de manual.

Caso Altsasu

En opinión del diputado de ERC Gabriel Rufián, el caso Altsasu sería un «claro ejemplo de lawfare judicial pues si esos chavales hubieran sido de Cádiz, no habrían entrado en la cárcel».

Así, en el llamado » caso Altsasu»  concurrieron casi todos los elementos típicos del lawfare judicial, como la inadmisión de la prueba del vídeo de la noche de autos en el que aparecía el supuesto guardia civil ensangrentado con la camisa blanca impoluta ; la falta de imparcialidad del Jurado al estar presidido por la jueza Concepción Espejel que fue recusada en vano por la defensa del caso Altsasu al entender que «no se cumplía el derecho a tener un juez imparcial al estar casada con un coronel de la Guardia Civil y haber sido condecorada por el ministro del Interior con la Orden del Mérito de la Guardia Civil».

Igualmente, en dicho proceso penal asistimos a la violación del principio de proporcionalidad, pues los delitos de odio son castigados con penas máximas de 4 años de prisión y el de lesiones con penas de 3 a 8 meses de prisión o multa en su defecto y sin embargo las penas finalmente impuestas a dichos jóvenes oscilaron entre los 3 y los 19 años así como la indefensión de los acusados, al no disponer los abogados defensores de los detalles de la acusación y con el agravante de pasar dichos jóvenes 18 meses en prisión preventiva antes de la celebración del juicio.

Lawfare contra Puigdemont

La nueva estrella mediática del Tardofranquismo Judicial, el juez de la Audiencia Nacional, García Castellón habría imputado tanto a Puigdemont, a Marta Rovira y al llamado «estado mayor del procés» por un presunto delito de terrorismo por su implicación en la puesta en marcha en 2019 de la plataforma » Tsunami Democrátic», responsable de organizar protestas masivas, desórdenes y atentados contra bienes públicos para protestar por las condenas del procés.

El juez García Castellón, habría iniciado el sumario basándose tan sólo en sospechas y presunciones contando tan solo como prueba con un informe elaborado ex profeso por la Guardia Civil, aplicando en consecuencia la llamada «investigación prospectiva» (prohibida en España).En la jurisprudencia española podemos citar el Auto de la Sal Penal del Tribunal Supremo de 1 de Julio de 2014 en el caso conocido como «Chalet de Estepona del Presidente de la Comunidad de Madrid» en el que manifiesta rotundamente que «no puede pretenderse el inicio por este Tribunal de una investigación meramente Prospectiva para tratar de averiguar si una persona o ente jurídico ha cometido en algún momento algún delito en relación a los hechos que se le imputan en ausencia de cualquier dato o elemento objetivo que apoye esta posibilidad».

Sin embargo, a pesar del recurso de apelación presentado por la Fiscalía en el que sostiene que «no existe delito de terrorismo sino desórdenes públicos, por lo que la Audiencia Nacional no sería competente en este caso»,  el juez Castellón habría derivado el asunto al Tribunal Supremo quien previsiblemente se declarará competente en el caso y podría dilatarlo en el tiempo para impedir la presentación de Puigdemont como candidato a la Generalitat en las próximas Elecciones Autonómicas de Cataluña.

Dada la posible creación de comisiones parlamentarias para investigar presuntos de casos de lawfare judicial en España recogida en el acuerdo firmado entre el PSOE y Junts, el Presidente interino del caducado CGPJ, Vicente Guilarte ha llamado a los jueces a» la rebelión si son citados a declarar sobre presuntos casos de lawfare judiciales».

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