Decreto de emergencia económica no puede pasar del 12 de mayo
La Constitución niega la pretensión del presidente Nicolás Maduro de mantener la medida durante todo 2016 y parte de 2017
Los 60 días de vigencia del decreto de emergencia económica que el Tribunal Supremo de Justicia revivió, luego de que la Asamblea Nacional lo negara, se cumplen el 13 de marzo. En caso de que se pida una prórroga, como lo señala el artículo 338 de la Constitución, solo podrá durar 60 días más, lo que alargaría su vigencia hasta el 12 de mayo.
El texto constitucional es claro, así como el propio artículo 9 del decreto: “Este decreto tendrá una duración de 60 días contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial (14 de enero) prorrogables por 60 días más”.
Es por eso que la pretensión del presidente Nicolás Maduro de mantener la emergencia económica durante todo 2016 y parte de 2017 es inconstitucional.
Así lo afirman expertos como la ex magistrada Blanca Rosa Mármol de León y el abogado Alberto Arteaga, quienes aseveran que, por formar parte de un estado de excepción, el decreto no puede durar tanto tiempo.
Mármol de León señaló: “El decreto es solo por 60 días y la Asamblea puede incluso considerar que la crisis finalizó antes y hacerlo cesar. En realidad, el decreto es inconstitucional desde su vigencia, porque el Parlamento lo rechazó, pero una infausta jurisprudencia le devolvió la validez”, afirmó.
La ex magistrada opinó que tanto el decreto como las decisiones de la Sala Constitucional que atenten contra la carta magna o el Poder Legislativo se deben desconocer.
“Hay que oponerse a cada acción inconstitucional. Si esta actitud se mantiene, llegará un momento en que será inevitable el choque de trenes”, advirtió.
“Hay que oponerse a cada acción inconstitucional. Si esta actitud se mantiene, llegará un momento en que será inevitable el choque de trenes”, advirtió.
Arteaga considera que la pretensión de Maduro podría limitarse a una declaración política, sin embargo, no descarta que a través del propio TSJ el gobierno pretenda alargar la vigencia del decreto más allá de lo que le corresponde constitucionalmente.
“Es lo que demuestran los últimos acontecimientos: en Venezuela vivimos bajo un clima de absoluta inseguridad jurídica que nos afecta a todos y que se respalda en decisiones de la Sala Constitucional. Declarar la vigencia del decreto, a pesar de que no fue aprobado por el Legislativo, es un acto violatorio de la Constitución. Dentro de este contexto, cualquier cosa cabe esperar de la Sala Constitucional, integrada en su totalidad por jueces que han demostrado su total y absoluta adhesión a lo que el Ejecutivo impone”, agregó.
Control político. Pero una eventual prórroga del decreto por 60 días también debería pasar por la supervisión política de la Asamblea Nacional, advirtió el diputado Juan Miguel Matheus (Primero Justicia).
Control político. Pero una eventual prórroga del decreto por 60 días también debería pasar por la supervisión política de la Asamblea Nacional, advirtió el diputado Juan Miguel Matheus (Primero Justicia).
“La Asamblea no solo ejerce el control político sobre la validez del decreto, que ellos violaron olímpicamente, sino también sobre la prórroga. Es lamentable, pero la propia sentencia del TSJ dice que ese control se pierde y que la prórroga es impugnable judicialmente, con lo que quiere asegurarse una eventual decisión”, advirtió.
El parlamentario coincide en que el tiempo que puede durar el decreto es limitado y que si lo sobrepasa (como pretende Maduro) el país atravesaría una situación de facto y de desconocimiento de la voluntad popular.
“Maduro solo acorrala al pueblo en un callejón sin salida; ese decreto no resolverá los problemas de la gente, porque cada resquicio de poder que Maduro se asegura es más socialismo del siglo XXI, es decir, más de ese fracaso contra el que votó el pueblo y que motivó la crisis”, añadió.
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