martes, 26 de abril de 2016

TSJ: Enmienda no podría aplicarse al actual período presidencial

TSJ: Enmienda no podría aplicarse al actual período presidencial

El Tribunal Supremo de Justicia, tras la solicitud de interpretación del artículo 340 de la constitución de la República, falló que de realizarse una enmienda, esta no podría aplicarse de manera inmediata al período presidencial actual.

25 de abril de 2016 16:34 PM
EL UNIVERSAL,Actualizado el 25 de abril de 2016 17:23 PM


TSJ sentencia que la enmienda no tendría aplicación inmediata
Caracas.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), sentenció este lunes que cualquier enmienda que se pretenda aplicar a la Constitución de la República con el objetivo de la salida del Presidente Nicolás Maduro, no puede tener aplicación inmediata en su periodo presidencial, pues de acuerdo a la interpretación del TSJ, dicha enmienda solo será aplicable a períodos presidenciales posteriores.
En la sentencia, la Sala Constitucional afirmó que ante la demanda de interpretación del artículo 340 de la Constitución de la República, que señala que “la enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental”, tratar de utilizar la enmienda con el fin de acortar el período presidencial, constituye un fraude de la Constitución.
“Esta Sala Constitucional concluye que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el de Presidente de la República, constituye a todas luces un fraude a la Constitución, la cual prevé un mecanismo político efectivo para tales fines, tal como lo es el ejercicio del referendo revocatorio contemplado en el artículo 72 de la Carta Magna”, dicta la sentencia.
El TSJ también argumentó que en el artículo 24 de la Constitución de la República se ratifica el artículo 3 del Código Civil, que expresa que “la Ley no tiene efecto retroactivo” que de acuerdo a la doctrina mayoritaria “ninguna disposición jurídica, sea de la jerarquía que fuese, puede tener efectos retroactivos”.
El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, declaró a través de su cuenta personal en Twitter @hramosallup que “ya ni esperan aprobación leyes sino que declaran inconstitucionales sin conocer texto definitivo”.
Con información de Fanny Mora

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