domingo, 23 de mayo de 2021

El TSJ no le quiere devolver AD a Henry Ramos Allup

 

El TSJ no le quiere devolver AD a Henry Ramos Allup

 

El Tribunal Supremo de Justicia del régimen de Nicolás Maduro dicta decisión a petición de alacranes mercenarios y manteniendo el secuestro de Acción Democrática.

A través de la red social Twitter Henry Ramos Allup denunció que el TSJ del régimen dicta decisión a petición de alacranes y manteniendo el secuestro de el partido Acción Democrática por un año más a su servicio impidiendo libre participación electoral y autorizándolos modificar estatutos y hacer procesos internos fraudulentos.

No tienen votos sino sentencias. Sentencia mata voto. Dijo Henry.

Nota del TSJ del régimen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró una prórroga de 12 meses al plazo concedido en la sentencia número 0071 de fecha 15 de junio de 2020, por dicha Sala a la medida cautelar decretada en el numeral 4 del Dispositivo Tercero del mismo fallo, esto es, hasta el 15 de junio del 2022, tras la petición hecha por el ciudadano José Bernabé Gutiérrez, quien preside la Mesa Directiva ad hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la organización con fines políticos Acción Democrática (AD).

Ordena la sentencia Nº 0184-2021, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, a la Mesa Directiva ad hoc realizar la consulta interna para la necesaria actualización y modificación de los estatutos vigentes, a los fines de su adecuación a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes vigentes; igual consulta interna debe hacerse para la elección de las Direcciones Políticas Nacionales, Estadales y Municipales de AD, manteniéndose incólumes las demás medidas decretadas en el mencionado fallo Nº 0071 del 15 de junio de 2020.

En el presente caso se sometió al conocimiento de la Sala Constitucional el escrito presentado el 12 de abril de 2021, por el ciudadano José Bernabé Gutiérrez, en el que solicitó la ejecución forzosa de la referida sentencia Nº 0071 del 15 de junio de 2020 dictada por la Sala del Máximo Juzgado en la acción de amparo constitucional N.° 18-0458, a fin que la misma no quede ilusoria. Posteriormente, el 14 de abril de 2021, solicitó una prórroga debido a la presencia de la nueva cepa del coronavirus.

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