Para la justicia, CFK montó un sistema «de sofisticación y corrupción magnífico»
Se conocieron los fundamentos del fallo que condenó a la vicepresidente argentina a seis años de prisión e inhabilitación perpetua. Se cae el discurso de la "proscripción" del kirchnerismo
«La magnitud de la empresa criminal aquí investigada supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad. Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo de la Nación, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner». Aunque el kirchnerismo pretende insistir con la teoría de la proscripción, los fundamentos de la condena contra la vicepresidente son absolutamente demoledores.
Este mediodía, los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso hicieron públicos los argumentos por los que condenaron el año pasado a CFK a seis años de prisión por corrupción, además de inhabilitarla para el resto de su vida para ejercer cualquier cargo público. El texto completo tiene una extensión de 1616 páginas, donde se detallan las maniobras de la defraudación de fondos públicos en la provincia de Santa Cruz, además de la relación con el «empresario» (también detenido y condenado) Lázaro Báez.
Los magistrados aseguraron que, tras haber examinado los hechos «en toda su extensión», la vicepresidente fabricó «un caballo de Troya» destinado al «desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas». Para los jueces del Tribunal Oral Federal 2, esta figura explica las maniobras con las que beneficiaron a las empresas de Báez, además de encubrir el desvío de fondos públicos a las compañías Los Sauces y Hotesur, pertenecientes a la familia Kirchner.
«La comprobación de un interés personal sobre el plan criminal de parte de Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado materialmente en la participación de la nombrada en el producto del delito a través de múltiples operaciones comerciales con el empresario detrás de las sociedades ilegalmente beneficiadas fue dirimente», señalaron Giménez Uriburu, Basso y Gorini en sus extensos fundamentos.
Sin embargo, el kirchnerismo, en vísperas de las elecciones de este año, insiste en la teoría de la «proscripción». Cabe recordar que, con este fallo en primera instancia, Kirchner puede ser candidata y ser electa para cualquier cargo. Sin embargo, si la sentencia no se remonta en las instancias de casación y la Corte Suprema de Justicia, la actual vicepresidente será detenida y removida de su cargo, sin importar el puesto que llegue a ocupar entonces.
A pesar de la condena ejemplar por corrupción, el fiscal Diego Luciani confirmó que presentará una apelación, ya que considera que, además de los hechos que se comprobaron, CFK debió haber sido también condenada por liderar una «asociación ilícita» desde el Poder Ejecutivo. Cabe recordar que los jueces decidieron condenarla por la defraudación al Estado, pero no por la figura que también solicitó Luciani.
«En conclusión, la prueba reunida a lo largo de este proceso penal nos presenta una imagen esclarecida de determinadas acciones singulares de Cristina Fernández de Kirchner dentro del plan defraudatorio único, penalmente relevantes por su adecuación típica en orden al delito de administración fraudulenta agravada, que le son reprochables a nivel de su culpabilidad, y con base a ello es que habremos de emitir el juicio de responsabilidad penal que por derecho corresponde», concluyeron en los fundamentos los jueces del tribunal.
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