miércoles, 7 de junio de 2023

El falso discurso en materia de DDHH del gobierno de Maduro ante Naciones Unidas

 

El falso discurso en materia de DDHH del gobierno de Maduro ante Naciones Unidas

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Sobre Venezuela pesa desde noviembre de 2021 una investigación de la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad. Si bien el proceso sigue su curso, Venezuela aún no ha demostrado que no los cometió, como quiso hacer creer en el Cedaw, Larry Devoe, representante venezolano de DDHH ante el sistema internacional

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Texto: Ligia Perdomo


Ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de Naciones Unidas, Larry Devoe, representante del Estado venezolano para el Sistema Internacional de Derechos Humanos, hizo –en apenas dos minutos–  tres afirmaciones que resultan cuestionables.

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El 18 de mayo de 2023, Devoe participó en el diálogo interactivo con expertos del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, para dar cuenta de los avances del país en materia de derechos humanos (DDHH) de la mujer.

Como representante del gobierno de Nicolás Maduro, Devoe se apegó al discurso oficial de «defensa y lucha por los DDHH de los venezolanos», aunque a la fecha las autoridades no han podido probarlo en instancias internacionales.

*Lea también: El «gobierno feminista» de Maduro se derrumba en su último informe ante la Cedaw

1.- Venezuela está limpia de crímenes contra DDHH

«Venezuela ha demostrado suficientemente que en el país no se han cometido crímenes de lesa humanidad», dijo Devoe en el foro internacional. Sin embargo, no hay muestra de ello. En noviembre de 2021,  la Corte Penal Internacional (CPI) abrió una investigación formal contra Venezuela por crímenes de lesa humanidad por hechos cometidos a partir de febrero de 2014, fecha en la que la violencia política promovida desde el Estado se hizo recurrente.

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En 2017, Fatou Bensouda, fiscal de la CPI para la fecha, abrió un examen preliminar sobre la situación en Venezuela para evaluar «presuntos crímenes que pudieran ser competencia de la CPI».

«En particular, se ha alegado que fuerzas de seguridad del Estado con frecuencia utilizaron fuerza excesiva para dispersar y reprimir manifestaciones, y que han detenido y encarcelado a miles de miembros de la oposición, reales o aparentes, algunos de los cuales habrían sido presuntamente sometidos a graves abusos y maltrato durante su detención», indicó Bensouda.

Al 22 de mayo de 2023, el proceso sigue su curso. No hay una respuesta definitiva sobre los varios casos graves por violación sistemática a los DDHH analizados por la Corte.

*Lea también: CPI negó solicitud de réplica al Estado para responder a víctimas de violaciones a DDHH

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2.- La CPI no tiene competencia para el caso venezolano

«En Venezuela no se han cometido crímenes de lesa humanidad y por tanto la CPI no tiene competencia para conocer la situación de Venezuela», afirmó Devoe durante la defensa del noveno informe de la Convención sobre la Eliminación de Toda las Formas de Discriminación contra las Mujeres (Cedaw).

De acuerdo con el artículo 5 del Estatuto de Roma, que crea la Corte Penal Internacional, la competencia de esta se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. La Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto de los siguientes crímenes:

  1.  El crimen de genocidio;
  2.  Los crímenes de lesa humanidad;
  3.  Los crímenes de guerra;
  4.  El crimen de agresión.
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Por crimen de lesa humanidad se entiende cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:

a) Asesinato;
b) Exterminio;
c) Esclavitud;
d) Deportación o traslado forzoso de población;
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
f) Tortura;
g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable;
h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
i) Desaparición forzada de personas;
j) El crimen de apartheid;
k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física. 
Luego que la Fiscalía abriera a Venezuela un examen preliminar en febrero de 2018, en septiembre de ese año Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Paraguay y Perú solicitaron a la Fiscalía investigar posibles crímenes de lesa humanidad en Venezuela. Fue la primera vez que un grupo de países solicitó conjuntamente a la Fiscalía que investigara presuntos delitos cometidos en el territorio de otro Estado miembro de la CPI. Esta remisión por los Estados permite que el fiscal inicie una investigación sin aprobación previa de jueces de la CPI.

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*Lea también: Provea: La única contención que tenemos ante violación de DDHH es la acción internacional

3.- En Venezuela «se investiga»

«Venezuela ha demostrado que las instituciones de nuestro sistema de justicia han investigado o están investigando todos los casos de presunta violación a los derechos humanos», expuso Devoe.

En el informe presentado el 20 de septiembre de 2022 por la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos de las Naciones Unidas sobre Venezuela, se insta a las autoridades a investigar sus responsabilidades.

«Nuestras investigaciones y análisis muestran que el Estado venezolano utiliza los servicios de inteligencia y sus agentes para reprimir la disidencia en el país. Esto conduce a la comisión de graves delitos y violaciones de los derechos humanos, incluidos actos de tortura y violencia sexual. Estas prácticas deben cesar inmediatamente y los responsables deben ser investigados y procesados de acuerdo con la ley», declaró en ese momento Marta Valiñas, presidenta de la Misión de investigación de la ONU.

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Los relatos de asesinatos, torturas, violencia sexual, persecución, desaparición forzada de personas y otros actos inhumanos están documentados por instancias de la ONU. Algunas de las denuncias también han sido elevadas ante otros entes internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organicación de Estados Americanos (OEA).

Devoe afirmó que se investigan «todos los casos de presunta violación a los derechos humanos». Nada más lejos de la verdad. No se investigan todos y algunos de los procedimientos abiertos han sido por la presión internacional y no por iniciativa de la justicia local. El sistema venezolano no lleva investigaciones creíbles y no condena a los perpetradores, dice el Centro de Justicia y Paz (Cepaz).

El Poder Judicial está cuestionado por no cumplir con el principio de separación de poderes y estar al servicio del poder político.

«Después de 1999 el poder político ha hecho una andanada para tomar control del Poder Judicial. ‘El poder político se ha apoderado con éxito del sistema jurídico’. Esta política de control que es ejercida a través del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ha hecho que los jueces y las juezas en Venezuela teman tomar decisiones de manera autónoma. Además, señaló Carlos Lusverti, asesor jurídico de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), que existen redes de corrupción dentro del Poder Judicial, no solo asociadas a intereses políticos, sino a otros dentro de estrategias de crimen organizado», reseña una publicación de Cepaz, de junio de 2022.

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Como señala Cepaz y coinciden juristas, ONG venezolanas y organismos internacionales la falta de independencia del Poder Judicial en el país es uno de los mayores obstáculos para el acceso a la justicia para las víctimas de violaciones a derechos humanos.

La Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos de las Naciones Unidas llegó a varias conclusiones en su informe de septiembre de 2021. Y estas son algunas de ellas:

– La Misión tiene motivos razonables para creer que en los casos analizados las juezas, jueces y fiscales en lugar de haber garantizado han denegado el goce de derechos a personas opositoras al Gobierno, reales o percibidas, por haber sufrido injerencia desde dentro de la jerarquía del Poder Judicial o del Ministerio Público. Son especialmente prevalentes las irregularidades en casos presentados ante juzgados y tribunales con competencia especializada en materia de terrorismo.

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– La Misión tiene motivos razonables para creer que las juezas, jueces y fiscales han desatendido su obligación de proteger a opositoras y opositores al Gobierno, reales o presuntos, contra detenciones y arrestos arbitrarios realizados sin orden judicial justificándolos a menudo bajo la figura de la flagrancia en contra de lo que habría surgido de los hechos.

– La Misión tiene motivos razonables para creer que juezas, jueces y fiscales han desempeñado un papel clave en las detenciones arbitrarias. Han fundado órdenes de aprehensión y prisión preventiva y acusaciones en hechos y pruebas que no implicaban actos delictivos o sobre la base de los cuales no se podía individualizar la participación de la persona. En algunos casos, las detenciones y los cargos fueron sustentados en pruebas manipuladas, fabricadas, u obtenidas mediante tortura o coacción.

– La Misión tiene motivos razonables para creer que, si los actores fiscales y judiciales hubieran desempeñado de manera adecuada y completa su función constitucional podrían haber evitado la comisión de muchos de estos crímenes y violaciones o, por lo menos, podrían haber puesto trabas rigurosas para obstaculizar la capacidad de los miembros de los servicios de seguridad pública e inteligencia del Estado para cometerlos.

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– La Misión tiene motivos razonables para creer que el sistema de justicia ha jugado un papel significativo en represión Estatal de opositores al gobierno en lugar de proporcionar protección a las víctimas de violaciones de derechos humanos y delitos.

Con toda la evidencia disponible pueden cuestionarse las afirmaciones hechas por Larry Lavoe ante Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de Naciones Unidas, sobre el sistema de justicia venezolano y la supuesta demostración de parte del Estado de no haber cometido crímenes de lesa humanidad.

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