sábado, 2 de diciembre de 2023

Corte Constitucional impide a Petro liberar a delincuentes de la “Primera Línea”

 

Corte Constitucional impide a Petro liberar a delincuentes de la “Primera Línea”

Ninguno de los detenidos de la "Primera Línea" podrán ser excarcelados para participar en diálogos o negociaciones de la "Paz Total" de Petro

Gustavo Petro aún asevera que las detenciones del grupo que lideró las protestas violentas contra Iván Duque en 2021 constituyen una venganza. Arropándose en este discurso, ha prometido la “indemnización, hasta donde es posible, de los familiares o las víctimas sobrevivientes del estallido social”. La justicia, por su parte, frena estas intenciones.
Gustavo Petro aún asevera que las detenciones del grupo que lideró las protestas violentas contra Iván Duque en 2021 constituyen una venganza. Arropándose en este discurso, ha prometido la “indemnización, hasta donde es posible, de los familiares o las víctimas sobrevivientes del estallido social”. La justicia, por su parte, frena estas intenciones. (PanAm Post)

La Corte Constitucional de Colombia frenó las pretensiones del presidente colombiano, Gustavo Petro, de liberar los miembros de la “Primera Línea” que lideraron la ola de vandalismo y violencia en distintas ciudades del país en 2021.

La instancia declaró inexequible la posibilidad de quienes se encuentren detenidos por esta causa obtengan beneficios judiciales para participar en los diálogos o negociaciones de la ‘Paz Total’ que promueve el mandatario, al considerar que ello vulnera los derechos de las víctimas, según publica Semana.

A pesar de la simpatía que tiene Petro por la “Primera Línea”, que se encargó de impedir el paso de alimentos, ambulancias y destrozó el transporte público en las protestas de hace dos años, las leyes son bastante taxativas en este caso. Si bien la Corte Constitucional reconoce que la Carta Manga de la nación neogranadina faculta “al presidente para que recurra a un amplio espectro de posibilidades, para buscar el cierre del conflicto armado por vías negociadas o para acercarse a la criminalidad organizada y conseguir su desmonte, no puede suponer, en ningún caso, que el Estado renuncie a perseguir la criminalidad, garantizar el control del territorio, la seguridad y la vigencia plena de los derechos de los ciudadanos”.  Más claro, imposible.

Una ley con límites

El dictamen del alto tribunal sobre este grupo que respalda Petro se superpone a los alcances de la polémica “Ley de sometimiento a la justicia”, que también se conoce como La ley 2272 de 2022. Esta legislación permite al gobierno negociar con las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI), como el Clan del Golfo, bandas y organizaciones criminales que ejerzan control territorial.

Desde ahora, Petro está inhabilitado para nombrar como voceros de paz a personas privadas de la libertad y para negociar un sometimiento a la justicia, en el caso que quiera hacerlo sin informar previamente a las otras ramas del poder.

Además, en su fallo, la Corte también estableció que las suspensiones de las órdenes de captura deben ser consultadas. Esta interpretación es el fruto de la demanda interpuesta por los congresistas José Jaime Uscátegui y María Fernanda Cabal, pertenecientes al Centro Democrático, ante las intenciones del presidente de confundir el derecho a la protesta con terrorismo.

Promesa sin asidero

Atrás queda la promesa de “un proceso de indulto para quienes han sido tan perseguidos tan injustamente, simplemente por manifestarse”, que hizo Petro. Sin embargo, el mandatario aún asevera que las detenciones del grupo que lideró las protestas violentas contra Iván Duque en 2021 constituyen una venganza. Arropándose en este discurso, ha prometido la “indemnización, hasta donde es posible, de los familiares o las víctimas sobrevivientes del estallido social”. La justicia, por su parte, frena estas intenciones.

Su “perdonazo” es complejo, especialmente cuando existen evidencias de líneas interceptadas y  registros videográficos, que incriminan a 170 imputados de la “Primera Línea”. De hecho, de ellos, 160 ya tienen escrito de acusación en su contra. También ya hay nueve sentencias condenatorias en primera instancia, entre las cuales, destaca la dirigida a Sergio Pastor alias “19”, principal líder del grupo violento que tomó la estación Portal Américas del TransMilenio, ubicada en Kennedy.

Pastor tendrá que cumplir 14 años de cárcel por los delitos de tortura y concierto para delinquir. Con la sentencia, la justicia colombiana desestima la injerencia en el desempeño de altos funcionarios hecha por Petro en contra de las decisiones del fiscal Francisco Barbosa a quien había solicitado la “libertad de los jóvenes”, cuando un reportaje de RCN demostró que estarían enquistados en las comunidades de Bogotá con campamentos instalados en cinco puntos de la capital, para brindar entrenamiento subversivo a menores de edad y el adoctrinamiento en las zonas colonizadas.

Incluso, las averiguaciones confirman la relación del movimiento con el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y las disidencias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) tras el hallazgo de correos electrónicos en computadores de los abatidos excomandantes del Frente de Guerra Occidental del ELN, Andrés Felipe Vanegas, alias Uriel, y de Ogli Ángel Padilla, alias Fabián donde aparece la orden de “infiltrar la Primera Línea”.

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