Proponen aumentar a 70 el número de magistrados del TSJ
La Sala Constitucional tendría 15 integrantes y las otras 5 salas, 11 miembros. El relevo de autoridades en el Poder Judicial demorará 3 meses o más
El Tribunal Supremo de Justicia estará integrado por 70 magistrados, 15 en la Sala Constitucional y 11 en las otras 5 salas, si prospera el proyecto de reforma de ley que rige el máximo juzgado del país y que fue consignado hace 3 semanas por la Consultoría Jurídica de la Asamblea Nacional ante la Comisión de Política Interior.
El incremento del número de magistrados surge como una opción para establecer una nueva correlación de fuerzas en cada una de las salas del TSJ, en el entendido de que actualmente está cooptado por el oficialismo. En la práctica, la predisposición de las máximas autoridades del Poder Judicial a favorecer al gobierno ha anulado las iniciativas más trascendentales emprendidas por el Parlamento, mayoritariamente integrado por diputados de oposición después de las elecciones del 6 de diciembre del año pasado. El presidente del Poder Legislativo, Henry Ramos Allup, por ejemplo, ha dicho que el TSJ es “la oficina judicial del gobierno”.
La Consultoría Jurídica de la AN elaboró dos proyectos de reforma que apenas se diferencian porque uno propone elevar el número de magistrados solamente de la Sala Constitucional (de 7 a 15) y el otro, que el aumento también sea en las otras cinco salas (de 5 a 11).
Voceros de varias organizaciones no gubernamentales, entre ellas Un Estado de Derecho y Bloque Constitucional de Venezuela, se han opuesto al aumento del número de magistrados, pues consideran que es la misma estrategia que ha utilizado el oficialismo para vulnerar la independencia y autonomía del Poder Judicial. “No necesitamos un TSJ de la oposición, sino un TSJ verdaderamente independiente”, ha dicho Luis Alfonso Herrera, de Un Estado de Derecho.
La sociedad civil escoge. Entre las novedades de la reforma se destaca la reivindicación de la sociedad civil en el proceso de selección de los aspirantes a magistrados. El artículo 270 de la Constitución establece que el Comité de Postulaciones Judiciales debe estar integrado “por representantes de los diferentes sectores de la sociedad”. Sin embargo, el chavismo, con apoyo del propio TSJ, determinó que los diputados eran los representantes de la sociedad por excelencia. Mediante una reforma de la ley del TSJ se dispuso que 5 de los 11 integrantes del Comité de Postulaciones Judiciales son parlamentarios. Ello permitiría al oficialismo, que controlaba hegemónicamente la Asamblea Nacional, colocar en el máximo tribunal a chavistas incondicionales.
El artículo 65 de los proyectos de reforma indica que el Comité de Postulaciones Judiciales “tendrá 11 miembros principales, con sus respectivos suplentes, los cuales serán elegidos o elegidas entre representantes de distintos sectores de la sociedad, mediante un procedimiento público”.
Veto presidencial razonado. Ante las reiteradas y públicas amenazas formuladas por el presidente Nicolás Maduro en el sentido de vetar las leyes que sancione la Asamblea Nacional, entre ellas la de amnistía y la de concesión de títulos a los beneficiarios de la Misión Vivienda, la reforma planteada incluye un artículo nuevo, el 146.
Si la Sala Constitucional admite las objeciones a un proyecto de ley por parte del presidente, se realizará una audiencia pública para que el jefe del Estado y las autoridades de la Asamblea Nacional expongan sus razones. De esta manera, Maduro tendría que dar explicaciones convincentes ante la opinión pública, independientemente de la decisión que, en definitiva, tome la Sala Constitucional.
Nuevos magistrados, pero no tan rápido. Se incorpora una segunda disposición final, con el objeto de poner en práctica el procedimiento para la designación de los integrantes del Comité de Postulaciones Judiciales, en un plazo perentorio de 30 días continuos siguientes a la entrada en vigor de la reforma. De esta manera, cesaría el comité designado por la anterior legislatura, el 30 de septiembre de 2014.
En los 15 días continuos siguientes a la juramentación del nuevo Comité de Postulaciones Judiciales se iniciará el proceso de selección de los nuevos magistrados. La reforma procura que dicho proceso se lleve a cabo en los lapsos establecidos en la misma ley; es decir: que la renovación de autoridades del Poder Judicial demorará, al menos, tres meses.
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