Derechos, presos y exiliados en Navidad
Según nuestra Constitución, una y otra vez invocada y permanentemente desconocida, la vida debe ser respetada y ninguna autoridad podrá aplicar pena de muerte (artículo 43); la libertad es inviolable y hay derecho a ser juzgado en libertad como regla (Artículo 44); no hay pena de extrañamiento (Artículo 50); toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario (Artículo 49); y, para no seguir con el enunciado de normas de la Ley Fundamental, el Estado se ha comprometido con un sistema penitenciario rehabilitador y respetuoso de los derechos humanos, descentralizado y de preferencia por fórmulas abiertas o no reclusorias de cumplimiento de penas (artículo 272).
Evidentemente, se trata de dispositivos absolutamente extraños a nuestra realidad y del contraste con hechos del dominio público que nada tienen que ver con la letra y el espíritu de la ley.
Las “zonas de paz” y las denominadas “OLP” son operativos que se llevan a cabo al margen de toda legalidad y con efectiva aplicación de ejecuciones de hecho; la detención sin orden judicial, sin flagrancia y amparadas en un pretendido carácter preventivo que se prolonga sine die, es la regla; cualquier ciudadano puede ser declarado sospechoso y quedar encarcelado sin más, bajo cargos de supuestos delitos no acreditados en forma alguna; y el régimen penitenciario se presenta con la cruda realidad de un sistema que para resolver el caos carcelario y el hacinamiento “no permite el ingreso de nuevos presos, que ya alcanzan el número de 40.000, alojados en celdas de retenes policiales por tiempo indeterminado”, según investigación de Una Ventana a la Libertad.
Y, para completar este tétrico panorama, a la violencia exacerbada se une la impunidad por los más graves delitos y la persecución abierta contra toda forma de expresión disidente, bajo los cargos de desacato, resistencia a la autoridad, asociación para delinquir, conspiración o graves ofensas a los “altos dignatarios públicos”.
En esta época de Navidad, ante la realidad descrita que nos golpea en la cara y se coloca de espaldas a nuestra Constitución, norma fundamental y pacto de convivencia democrática, se impone la más seria reflexión y el justo reclamo por la satisfacción de estas exigencias de justicia que se unen al clamor de condiciones mínimas de subsistencia, ajustadas a la dignidad humana.
Los presos políticos, recluidos en las cárceles de la crueldad negados por el régimen, deben ser puestos en libertad sin condiciones; los exiliados, cumpliendo penas de extrañamiento de hecho, deben regresar al país en pleno disfrute de sus derechos; los que sufren restricciones indebidas en su libertad de movimiento deben incorporarse de lleno a la vida ciudadana; y los encarcelados en retenes policiales, en condiciones infrahumanas o en establecimientos con régimen militarizado, sujetos a procesos o cumpliendo penas que pueden ser sustituidas por fórmulas alternativas a la prisión, deben recuperar sus derechos en el concierto de una Venezuela que responda a la exigencia fundamental del respeto irrestricto a los derechos humanos.
La Navidad, con mesa de diálogo o sin ella, debe tener el aliento de un país que exhiba señales de reconciliación, ambiente propio del Dios que se hizo como nosotros con un mensaje de paz, de concordia, de entendimiento de buena voluntad y de justicia.
aas@arteagasanchez.com
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