¿Quién da menos por el billete de cien?
Este billete contiene un contrato al cual el gobierno está deshonrando. Está violando el convenio que hizo con todos y cada uno de los ciudadanos del mundo que recibieron este billete, y de buena fe creyeron que este gobierno iba a cumplir con su debe
Ramonote Mandefuá sale como a encontrarse con el abogado en la esquina noroeste de la plaza, un billete de cien bolívares agita en su mano derecha. Rectos y flacos, frente a frente se paran ambos.
-¿Cómo le va doctor? -…y sin esperar la respuesta del amigo, mira el billete vertical, y lee:
-100 bolívares. Pagadero al portador en las oficinas del banco.
Las consultas del profesor de Historia de Venezuela, jubilado, casi siempre son profundas, pero la premura y el tono de hoy indican que además esta va a ser larga, y por demás urgente.
El jubilado sigue:
-Este billete contiene un contrato al cual el gobierno está deshonrando. Está violando el convenio que hizo con todos y cada uno de los ciudadanos del mundo que recibieron este billete, y de buena fe creyeron que este gobierno iba a cumplir con su deber. Cerraron el contrato cuando recibieron el billete, y el gobierno viola lo convenido al querer pagar cuando y donde le dé la gana. De forma unilateral le puso un término al cumplimiento… yo entiendo que un título de la deuda del Estado, no importa que tenga 120 años, es obligación del gobierno pagarlo al presentarse en taquilla. Las obligaciones monetarias no vencen…
-Explique un poco más, Profesor… -Solicita el abogado, -que claramente entiende que esta consulta no genera honorarios, dada la situación miserable que viven los jubilados en Venezuela…
-Yo lo entiendo así, Doctor: usted sabe que el Banco Central cumple con guardar las riquezas de todos los que confiamos en recibir ese papel, que representa exactamente su valor en oro, en plata, en riquezas que por sus características no podemos cargar en los bolsillos. Y confiamos en el gobierno, que al presentar ese papel, que es al portador, que no tiene fecha de vencimiento, se nos pague lo que es nuestro. Es como si yo dejara mi carro en un estacionamiento; vamos a decir que está en el centro y se llama Estacionamiento La Patria, disque trabaja las 24 horas. Digamos que yo llego a buscá mi carrito europeo a las seis, y me encuentro con que mi perola no está, y me informan que el responsable del negocio decidió por su propia cuenta, a las diez de la mañana, y así lo puso garabateao en un cartón, que hoy trabajaba hasta las tres; y me encuentro con que mi carro me lo robaron…
-Están claritos los hechos…, el Derecho sí es verdad, no está muy claro. Es un caso de responsabilidad contractual del Estado, vamos a meternos con la encumbrada materia del Derecho Administrativo…
Y lo cita para la tertulia de la media caja, el sábado siguiente…
Tertulia. El abogado espera la llegada puntual, como siempre, del profesor. Relee las disposiciones generales de la Constitución que… “establece bajo una perspectiva de derecho público moderna, la obligación directa del Estado de responder patrimonialmente por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento, normal o anormal, de los servicios públicos y por cualesquiera actividades públicas, administrativas, judiciales, legislativas, ciudadanas o electorales, de los entes públicos o incluso de personas privadas en ejercicio de tales funciones”.
Sería lo primero que leería antes de destapar la primera cerveza. Pero antes el viejo llega, apenas saluda y dispara:
-Mire Doctor, la viejecita de mi mamá, que como usted sabe teje y vende sus chinchorros en 30 mil bolívares, le tejió dos a la gorda. Para su dos sobrinitos feos. La compradora estuvo más de una quincena sacando los 60 mil bolívares. Usted sabe que ella pa redondearse un quinto de canasta básica trabaja dando clases en el INCE, en la Escuela Técnica y en la Universidá. Y no tenía tiempo para hacer las colas donde le daban sólo 10 mil por cada mañana de cola… mi mamá casi que tejía más rápido que la cola del Banco…
El abogado leyó la preparada introducción, y el Artículo 140: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.”
-Entonces, ¿sí se puede demandar al Gobierno? ¿Doctor? Mi gente se quedó con 60 mil bolívares varados. ¿Quién va a ir para Caracas? ¿Quién garantiza que no van a estar los uniformados de primeros? El compromiso del gobierno es pagar “Al portador en las oficinas del banco”, cuando el Portador se presente, no cuando el gobierno le dé la gana…
-Pero una demanda, –sigue el abogado-, por nulidad de este acto administrativo que obliga a cambiar los billetes,…es contra el gobierno,…que es competencia de la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia,… y 60 mil bolívares es…
-Sí yo sé que es poco, -interrumpe Ramonote-, pero en esta Venezuela hay miles, que con miles de billetes hacemos bulto… yo voy a decir a mis sobrinos que busquen en el buzón de mi correo electrónico…
-¿Profesor? …¿usted tiene correo electrónico?
Sí, anótelo, para que se lo dé a sus amigos con billetes fríos: ramonote mandefuá pegado, y en minúsculas, arroba, y que pongan cualquier servicio de correo.
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