martes, 5 de marzo de 2019

Asamblea Nacional, TSJ y Presidencia de la República en febrero de 2019: un resumen

04/03/2019
Cuando resumíamos todo lo que había ocurrido en enero desde el punto de vista político-institucional, decíamos que enero había sido un mes intenso y extenso. Febrero ha sido un mes menos intenso entre la Asamblea Nacional (AN), el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Presidencia de la República, pero no hay duda de que los venezolanos lo hemos vivido con tensión similar a la de enero.
Si bien en términos políticos febrero se centró alrededor del ingreso de la ayuda humanitaria el 23 de febrero, hubo algunas decisiones importantes que merecen ser reseñadas, y que han supuesto avances en la estrategia política implementada desde la AN para la restauración de la vigencia de la Constitución.
AN y política exterior
1. Saludó y agradeció el apoyo de naciones europeas y a los países integrantes del Grupo de Lima por colocarse del lado de la Constitución, de la AN y de su lucha por la restitución del Estado de Derecho y el imperio de la Ley.
2. Agradeció el reconocimiento de Juan Guaidó como Presidente encargado y el apoyo a la hoja de ruta constitucional planteada por la AN.
3. Ratificó que cualquier intento de diálogo o contacto debe estar condicionado a un solo objetivo: las garantías y condiciones para lograr el cese de la usurpación, un gobierno de transición y elecciones libres.
4. Comunicó a los países miembros de la Unión Europea el agradecimiento por su respaldo y se solicitó que su iniciativa de Grupo de Contacto tenga como único objetivo ofrecer y acordar las garantías y condiciones para la entrega del poder de acuerdo a la Constitución, y se inicie un proceso de transición donde se restablezca la plena vigencia de la Constitución y la Ley.
El 19 de febrero, la AN dictó un Acuerdo en rechazo a la expulsión de los Eurodiputados por parte del régimen usurpador de Nicolás Maduro Moros. En este acuerdo, la AN expresó su rechazo a la expulsión de los Eurodiputados que intentaron visitar el país, y se estableció que cualquier diálogo o negociación política en la que puedan eventualmente participar países de Europa debe estar orientada a que cese la usurpación, se establezca un gobierno de transición y se celebren elecciones libres.
El 5 de febrero, el presidente encargado Juan Guaidó designó tres representantes diplomáticos: para Brasil (María Teresa Belandria), Paraguay (David Olsen), y Guatemala (María Teresa Romero), con la aprobación de la AN.
Además, el 19 de febrero, Guaidó designó representantes diplomáticos en 16 países, 15 para países europeos y uno para República Dominicana, con la aprobación de la AN.
AN y ayuda humanitaria
El 19 de febrero fue dictado por la AN el Acuerdo para la autorización de ingreso al país de la ayuda humanitaria. Con este acuerdo se autorizó el ingreso al país de medicamentos, insumos y material médico, alimentos, suplementos nutricionales, así como productos de higiene doméstica y de uso personal, destinados a atender la emergencia humanitaria. Por otra parte, en el acuerdo se fijaron normas especiales y temporales sobre el control sanitario de los productos que ingresarían como ayuda humanitaria. Además, se establecen varias medidas orientadas a facilitar el ingreso de los productos al territorio venezolano, para atender la emergencia humanitaria.
Por otra parte, Guaidó dictó su primer Decreto como Presidente encargado el 21 de febrero, para:
1. Autorizar el ingreso de la ayuda humanitaria.
2. Ordenar a los componentes de la Fuerza Armada su actuación conforme al Decreto.
3. Ordenar que se mantuvieran abiertas las fronteras.
4. Ordenar que se mantuvieran abiertas las relaciones diplomáticas y consulares con las islas de Aruba, Curazao y Bonaire, así como con las correspondientes autoridades del Reino de los Países Bajos.
5. Reiterar las garantías de amnistía.
Finalmente, el 27 de febrero, la AN aprobó el Informe de la Comisión Especial sobre el proceso de ayuda humanitaria y los sucesos de represión, violencia y masacre, por parte del régimen de Nicolás Maduro, para impedir su ingreso al país, en el que analizó y criticó la acción de autoridades para evitar el ingreso de la ayuda humanitaria.
AN, protección de activos en el exterior, e industria petrolera
El 13 de febrero, la AN dictó el Acuerdo que autoriza el nombramiento para ejercer los cargos del órgano de intervención llamado “Junta Administradora Ad-Hoc”, que asuma las funciones de la Asamblea de Accionistas y Junta Directiva de Petróleos de Venezuela, S.A., para actuar en su nombre y, como único accionista de PDV Holding, INC., proceder a designar a su Junta Directiva, y en consecuencia nombrar la Junta Directiva Citgo Holding, INC., y de la empresa Citgo Petroleum Corporation. En ese acuerdo, la AN:
1. Autorizó al presidente encargado Juan Guaidó para que designe a los ciudadanos que se mencionan en el acuerdo para los cargos de la Junta de Administración Ad-Hoc de Petróleos de Venezuela, S.A.
2. Señaló las disposiciones por las cuales se regirán los miembros principales de esa junta administradora.
3. La Junta de Administración Ad-Hoc de Petróleos de Venezuela S.A. procederá a realizar todas las actuaciones necesarias a los fines de designar las nuevas juntas directivas de las filiales de PDV Holding, Inc., CITGO Holding, Inc. y de la Empresa CITGO Petroleum Corporation, que serán integradas por las personas señaladas en el propio acuerdo.
4. Señaló las premisas que deben orientar el plan para ejecutar acciones que protejan los activos de CITGO Petroleum Corporation y otras acciones dirigidas a la recuperación de la industria petrolera venezolana.
Sin embargo, el 19 de febrero fue anunciada una decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la que declararía la nulidad de ese acuerdo de la AN, y en la que decretó medidas cautelares contra las personas designadas como miembros de las Juntas Directivas y exhortó a la Sala de Casación Penal para que inicie las diligencias para el traslado a Venezuela de los ciudadanos designados, en caso que se encontraren fuera del país, a los fines de su enjuiciamiento.
En la decisión también se instó al Poder Ejecutivo Nacional y a Pdvsa a tomar las medidas necesarias para la protección de las actividades de Pdvsa. Se señaló que quienes fueron designados autoridades de la Junta Directiva de Pdvsa y de algunas de sus empresas filiales habrían incurrido en delitos de usurpación de funciones y otros delitos de acción pública relativos supuestamente a la corrupción, delincuencia organizada, terrorismo, entre otros.
Por otra parte, el 26 de febrero la Comisión Permanente de Política Interior de la AN notificó la autorización de la designación del “Procurador Especial para la defensa del Estado y de los demás entes descentralizados de la Administración Pública en el exterior” (José Ignacio Hernández).
AN, TSJ y ruta política de transición
En cuanto a la ruta política que se ha trazado la AN para ir a un proceso de transición política, el 19 de febrero la AN dictó el Acuerdo para el establecimiento de la ruta electoral para lograr elecciones libres en el marco de la transición democrática. Conforme a ese acuerdo, se tomaron varias decisiones, todas orientadas a crear las condiciones institucionales necesarias para que puedan celebrarse elecciones que sean un fiel reflejo de la voluntad de los electores, conforme a la ruta que para la relegitimación de los Poderes Públicos prevé el Estatuto que rige la Transición a la Democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tales medidas van desde declarar materia de prioridad el cronograma de reformas institucionales que permitan rescatar las condiciones de integridad electoral previstas en la Constitución, los Tratados Internacionales, el Estatuto, Leyes y regulaciones electorales, hasta dictar todas las decisiones que promuevan las condiciones que permitan la actualización del Registro Electoral, tanto en el país como en el extranjero, pasando, entre otras medidas, por la de iniciar los trámites para la conformación del Comité de Postulaciones Electorales para la designación de Rectores del Consejo Nacional Electoral.
Por otra parte, el 8 de febrero fue anunciada una decisión de la Sala Constitucional en la que se habría declarado la nulidad del Estatuto que rige la transición a la Democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Junto con la nulidad del Estatuto, se habría solicitado al Ministerio Público para que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos, así como también ordena la notificación a la Asamblea Nacional Constituyente.

La decisión de la Sala Constitucional también habría declarado la nulidad de los nombramientos de representantes diplomáticos realizados por Juan Guaidó, y solicitó al Ministerio Público abrir las investigaciones correspondientes contra los ciudadanos designados.Asamblea Nacional, TSJ y Presidencia de la República en febrero de 2019: un resumen


POR Carlos García Soto

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