miércoles, 18 de enero de 2023

Exembajador de España en Venezuela será juzgado por blanqueo de fondos de Pdvsa

 

Exembajador de España en Venezuela será juzgado por blanqueo de fondos de Pdvsa

El conocido como "caso Morodo" se incluía dentro del "caso Venezolanos", pero ahora Raúl Morodo, el que fuera embajador en Venezuela durante el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero (2004–2011), su hijo y su nuera serán juzgados en una pieza separada.

Empresario colombiano, PDVSA lavado de dinero
(Archivo)

Madrid, 17 ene (EFE).- La Audiencia Nacional española inició los trámites previos para llevar a juicio al exembajador de España en Venezuela Raúl Morodo, a su hijo Alejo y a su nuera Ana Catarina Varandas por el blanqueo de fondos de la petrolera estatal venezolana PDVSA.

La decisión la adoptó el magistrado de este tribunal Alejandro Abascal, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, según señala el juez en un auto al que tuvo acceso EFE.

En esta causa se investiga el presunto cobro de 4,5 millones de euros de PDVSA por parte de Alejo Morodo mediante supuestos contratos falsos de asesoría legal suscritos con la petrolera venezolana entre 2012 y 2015, cuando su padre ya no estaba al frente de la embajada en Venezuela.

El dinero supuestamente se blanqueó después mediante una compleja trama de sociedades creadas por el hijo y otros investigados, entre ellos la nuera del exembajador, y dos socios venezolanos. Uno de ellos, Juan Carlos Márquez, se suicidó poco después de prestar declaración por estos hechos.

El conocido como «caso Morodo» se incluía dentro del «caso Venezolanos», pero ahora el que fuera embajador en Venezuela durante el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero (2004–2011), su hijo y su nuera serán juzgados en una pieza separada.

La investigación desarrollada, expone el auto, evidencia que dentro de los hechos investigados los dos casos «si bien mantienen conexidad inicial, están perfectamente diferenciados y dotados de elementos propios que permiten y aconsejan su enjuiciamiento por separado».

Esto, explica, se debe «no sólo porque los hechos y las personas investigadas en cada uno de ellos sean diferentes, sino también por el distinto estado procesal en que se encuentran».

Por todo ello, el magistrado acuerda en su auto, contra el que cabe recurso, la formación de pieza separada para la investigación de defraudación fiscal correspondiente a los ejercicios 2013, 2014 y 2017, «no prescritos al tiempo de iniciarse esta investigación, con cuotas defraudadas superiores a los 120.000 euros».

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