La lección que el poder judicial de Colombia le dio al de Brasil
En Brasil, el Poder Judicial se encuentra dividido entre los que se someten al Imperio de la Ley y quienes se someten a los deseos de Lula da Silva. Altos magistrados del Supremo Tribunal Federal (STF) han tomado decisiones con dimensiones consideradas propias de las funciones del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo.
La tensión política que desató el Presidente de Colombia, Gustavo Petro, al decir que él como Jefe del Estado era el jefe del Fiscal General de la Nación (FGN), basándose en la interpretación que dio al artículo 115 de la Constitución Política de su país, ha sido tratada con la mayor seriedad y apego a la ética republicana por Fernando Castillo Cadena, Presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al respaldar al Fiscal, Francisco Barbosa, en cuanto al funcionamiento del sistema constitucional y la autonomía de los poderes públicos. El representante del Poder Judicial dijo en video lo siguiente:
“Petro desconoce la autonomía y la independencia judicial, cláusula fundacional de la democracia colombiana y pilar esencial del Estado social de Derecho. La Administración de Justicia, de la cual forma parte la Fiscalía General de la Nación, es la función pública que cumple el Estado para proteger los derechos, libertades y garantías de la población, y también para hacer efectivas las obligaciones consagradas en el ordenamiento jurídico. Por ello, en cumplimiento de esta función del Estado los jueces en su providencias sólo están sometidos al Imperio de la Ley, mientras los fiscales, además, están regidos por estrictos controles de legalidad en sus actuaciones”.
Además de esto, el fiscal general realizó una rueda de prensa anunciando que se sentía amenazado por los señalamientos de Petro respecto a supuestos vínculos de miembros de la institución con el grupo criminal llamado Clan del Golfo. En este sentido, anunció que sacaría a su familia del país por temor a que sean asesinados como represalia ante estas declaraciones.
La opinión pública se puso del lado de la autonomía de los Poderes Públicos. Esto obligó a Gustavo Petro a reconocer públicamente que se equivocó al malinterpretar la Constitución en concordancia con el pronunciamiento del Poder Judicial.
Pero, ¿qué tiene que ver todo esto con la realidad política de Brasil? Veamos:
En Brasil, el Poder Judicial se encuentra dividido entre los que se someten al Imperio de la Ley y quienes se someten a los deseos de Lula da Silva. Altos magistrados del Supremo Tribunal Federal (STF) han tomado decisiones con dimensiones consideradas propias de las funciones del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo.
Podemos mencionar las decisiones tomadas en la época de la pandemia, en la que le quitaron atribuciones al Ejecutivo Federal para pasarlas a las autoridades regionales. Asimismo, sin haber pasado por el debido proceso, magistrados del Poder Judicial han ordenado la cárcel de líderes de partidos políticos, periodistas, activistas políticos e incluso diputados federales en ejercicio.
Además de todo esto, tienen el poder de prohibir en el territorio nacional el uso de las redes sociales como en ningún otro país del continente ocurre. Todo esto lo justifican jurídicamente, obviamente, como los intérpretes de la Constitución, así que lo que digan es santa palabra. ¿Podemos encontrar este tipo de acciones realizadas por el Poder Judicial colombiano?
Lo que sí podemos encontrar también en Brasil, es un Poder Judicial que puede tomar decisiones y reordenar el entramado jurídico si en el Congreso los deseos de Lula no son cumplidos, como por ejemplo está ocurriendo con la polémica Ley de la Censura, el PL2630. Hay que tomar en cuenta lo que dijo el Ministro de Justicia, Flavio Dino, en este sentido el pasado 5 de mayo: “Si estos fanáticos del western digital lograron imponer su voluntad al punto de entorpecer el proceso legislativo, tenemos la regulación derivada de decisiones administrativas incluso del Ministerio de Justicia y está la regulación que hace el Poder Judicial en el juzgamiento de acciones que allí se procesan.” Esto tuvo el mismo efecto en la opinión pública que las declaraciones del ex ministro de interior de Gustavo Petro, Alfonso Prada, cuando llamando a la movilización del pueblo a la calle para presionar al Congreso dijo: “El que entendió, entendió”.
En estos fenómenos políticos el factor común es que estos actores de la izquierda cuestionan el sistema constitucional de sus países bajo la lógica revolucionaria de sus proyectos políticos que buscan la instauración de una Asamblea Constituyente. Pero para lograrlo, ambos presidentes con sus partidos, necesitan distorsionar la capacidad de comprender estos sistemas vigentes. En este sentido, la estructura del discurso revolucionario se basa en hechos provocados de índole sintomática que al concatenarlos expresan la realidad que ellos señalan como la que hay que cambiar con la acción revolucionaria.
Luego de 25 años en el poder, la narcodictadura chavista justifica que no debe existir la separación de los poderes, porque eso es una idea burguesa. Dijo la ex presidente del Tribunal Supremo de Justicia venezolano, Luis Estela Morales, lo siguiente: “No podemos seguir pensando en una división de poderes porque eso es un principio que debilita al Estado”, o en otras palabras, todos los Poderes Públicos deben estar sometidos a la revolución. ¿Es este el modelo que quiere la izquierda de Colombia y Brasil?
El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Castillo Cadena, de manera categórica afirmó que “la Justicia es un Poder Público patrimonio de Colombia.” ¿Quién puede decir lo mismo en Brasil?
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