Un llamado a juicio cuestionable
El expresidente Álvaro Uribe Vélez no necesita ninguna ley de punto final, concurrirá ante la justicia y demostrará su inocencia
Corría el año 2012 y en un debate sobre el paramilitarismo en Antioquia, Iván Cepeda, eterno inquisidor del expresidente Uribe, con fundamento en dos testimonios lo señaló a él y a su hermano de ser fundadores del Bloque Metro de las AUC. A la par, se tuvo noticia de las visitas a las cárceles que realizaron en los Estados Unidos Iván Cepeda, Piedad Córdoba y Rodrigo Lara, para “comprometer” al doctor Uribe. También visitó, con el mismo propósito, el senador Cepeda la cárcel de Cómbita. Esto llevó al expresidente a denunciar al citado Iván Cepeda por el presunto delito de manipulación de testigos.
De las visitas realizadas a las cárceles y su objetivo, los medios de comunicación han ilustrado con suficiencia. Sin embargo, de ese proceso penal que comenzó teniendo al expresidente como denunciante por obra de interpretaciones, la investigación dio un vuelco sin precedentes en los anales judiciales. De buenas a primeras, —con la participación de unas víctimas que se cuestiona si realmente lo son— quedó a la postre como denunciado.
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La CSJ, a través de algunos cuestionables magistrados, en el 2018 le cerró la investigación al senador Cepeda y compulsó copias para que se investigara al expresidente Uribe por presunta “manipulación de testigos”. En junio 5 de 2020 tuve ocasión de escribir una columna acerca de lo kafkiano de este proceso.
En junio 24 de 2018 la Corte Suprema de Justicia le abre investigación. Los procesos a los senadores con fuero se rigen por la ley 600 de 2000. Se dispuso escucharlo en indagatoria, extrañamente no se le dio oportunidad de dar su versión libre.
Seguidamente se conoció la interceptación al abonado telefónico del expresidente, la que pese a ser advertida continúo de manera completamente ilegal, y así se llegó a la apertura de investigación dispuesta por el Magistrado José Luis Barceló, a quien se señala como enemigo del expresidente Uribe.
El expediente pasó en noviembre de 2018 a la nueva sala de instrucción de la CSJ y le correspondió a la magistrada Cristina Lombana.
Cuando se esperaba que el Ministerio Público representase a la sociedad, como víctima se admitió, en febrero de 2019, al citado senador Cepeda como parte civil. Una de sus primeras actuaciones fue recusar a la magistrada Lombana y, por supuesto, la recusación fue aceptada.
En octubre 8 de 2019, fecha clave para contar los términos de prescripción de la acción penal, el expresidente fue vinculado formalmente al proceso mediante indagatoria por los presuntos delitos de soborno a testigos y fraude procesal.
En fecha imborrable, el 4 de agosto de 2020 se ordenó la medida de aseguramiento preventiva y domiciliaria contra Álvaro Uribe, decisión que le puso contra las cuerdas y le obligó a extender su renuncia al Senado de la República, pasando el expediente al conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, obteniendo la revocatoria de su detención en octubre de 2020. Cumplió 66 días de injusta detención domiciliaria.
El fiscal del caso, delegado ante la CSJ, Gabriel Jaimes, en marzo 5 de 2021, en una larga y sustentada exposición, solicitó la preclusión del proceso, por no existir prueba para enjuiciar al señor expresidente. La juez no aceptó los argumentos y ordenó seguir la investigación. Luego le correspondió conocer al fiscal Javier Contreras quien en una actuación deslucida, con muchas equivocaciones, solicitó nuevamente la preclusión, la que fue negada por la Juez 41 de conocimiento de Bogotá, Laura Barrera en mayo 23 de 2023; decisión que se confirmó por el Tribunal Superior de Bogotá, en octubre 6 de 2023.
Posteriormente se designó como fiscal al doctor Andrés Palencia Fajardo quien en vísperas de vencerse el término de 90 días para acusar o solicitar nueva preclusión, renunció por razones personales. Esto ocurrió el 10 de enero de 2024.
Al terminar el mandato del fiscal general Barbosa la CSJ designó, el 12 de marzo, a la doctora Luz Adriana Camargo como Fiscal General de la Nación en propiedad.
Ella tomó posesión el 22 de marzo y uno de sus primeros actos fue nombrar como fiscal delegado ante la CSJ al doctor Gilberto Iván Villarreal Pava, quien en tiempo record decide acusar formalmente al expresidente, en abril 9.
En sólo 18 días decidió acusar al señor expresidente. Esta acusación se fundamenta en las pruebas que fueron desvirtuadas por los anteriores fiscales, sin que se tenga conocimiento de que se hayan practicado nuevas pruebas, sencillamente había que presentar acusación.
A la juez 44 Penal de Conocimiento le corresponderá atender este proceso en su primera instancia.
El periodista Daniel Coronell calificó al escrito de acusación de flojo.
El señor expresidente en la mañana del miércoles 10 de abril de 2024 entregó una declaración en la que se refiere al llamamiento a juicio, el que ratifica la persecución política a la que ha sido sometido.
El expresidente Álvaro Uribe Vélez no necesita ninguna ley de punto final, concurrirá ante la justicia y demostrará su inocencia. La mayoría de colombianos esperamos que el juicio sea justo, en derecho, sin ninguna injerencia, solamente, como lo dispone el artículo 230 de la Carta Magna con apego a la ley.
En cambio, en el juicio político en curso se cuenta con suficientes pruebas para declarar indigno al actual mandatario por violación de los topes de la campaña que lo llevó a la presidencia. Por ello debería perder su cargo según el artículo 109 de la Constitución Política.
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