¡Odiar ya es un delito!
El delito por odio
La plenipotenciaria Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela aprobó ayer una “Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia” que castigará con penas de hasta 20 años de cárcel a quienes sean hallados culpables de promover “delitos de odio”. “Quien públicamente (…) incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político (…) será sancionado con prisión de 10 a 20 años”, establece el artículo 20 de la citada ley. La ley aprobada hoy es un encargo personal del Presidente, Nicolás Maduro, a la Constituyente para acabar con los supuestos mensajes “de odio” social, racial y político que según el oficialismo provocaron la ola de protestas contra el Gobierno que vivió el país entre abril y agosto de este año que dejó 120 muertos. La ley -que reconoce también como delitos de odio aquellos que vayan dirigidos contra las minorías sexuales- pena el “agravante por motivos de odio e intolerancia” con una sanción equivalente al “límite máximo de la pena establecida para el hecho punible correspondiente”. El texto prevé asimismo penas de cárcel de entre 8 y 10 años para aquellos funcionarios policiales o militares que se abstengan o retarden su actuación contra los responsables de “delitos de odio”, y privaciones de libertad de esa misma duración para el personal sanitario que discrimine a la hora de ofrecer atención. La ley deroga asimismo cualquier otra disposición existente que la contradiga, y crea una “Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica” formada por 15 integrantes y con la que están obligados a cooperar todos los ciudadanos, instituciones y entidades de la República. Entre estos 15 integrantes se cuentan miembros de la Constituyente, varios ministros, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Maikel Moreno, así como el fiscal general Tarek Saab, representantes de organizaciones sociales y otros altos cargos del Estado. Según la presidenta de la Constituyente, la excanciller Delcy Rodríguez la aprobación de la ley es un homenaje a los que “perdieron la vida” víctimas “del odio y la intolerancia” durante las protestas contra el Gobierno.
Partidos “odiosos” desaparecerán
La oficialista Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de Venezuela aprobó hoy inhabilitar a los partidos y organizaciones políticas que promuevan el “odio” en el país, prohibiéndole, de esta manera, participar en elecciones en caso de que incurran en delitos de intolerancia y “fascismo”. La medida fue aprobada ayer y es parte de la “Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia”, que fue votada este lunes por unanimidad y entrará en vigor una vez que sea publicada en la gaceta oficial. Durante la sesión, la ANC explicó que los partidos que “promuevan el racismo, la intolerancia o el odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual (…) y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación y la violencia no podrán ser inscritos” ante el Consejo Electoral. Se estableció, asimismo, que de incurrir en uno de estos delitos también se “revocará la inscripción de aquellos partidos políticos y organizaciones políticas que incumplan” con lo previsto en la ley. Además se le ordena a las organizaciones contemplar dentro de sus normas “la medida preventiva de suspensión” y de “expulsión” de sus militantes si alguno de ellos incide en los delitos mencionados. “En caso de abstenerse de incluir dichas normas o de iniciar tramitar o decidir oportunamente los procedimientos disciplinarios por estos motivos el Consejo Nacional Electoral revocará su inscripción”, agrega la ley. Al finalizar la sesión, la presidenta de la ANC, Delcy Rodríguez, indicó que la “Ley contra el odio” fue aprobada como un nuevo camino de “espiritualidad” y que es “un homenaje” a los venezolanos que perdieron la vida en las protesta de abril y julio que dejaron más de 120 muertos. El próximo diciembre en Venezuela se celebrarán elecciones municipales, mientras que para el año que viene deben celebrarse los comicios para elegir un nuevo presidente. El Gobierno venezolano constantemente culpa a partidos de la oposición, como Voluntad Popular (VP), del opositor preso Leopoldo López, y Primero Justicia (PJ), del presidente del Legislativo, Julio Borges, de promover el odio y llamar a hechos violentos en el país.
Medios serán cerrados
La Presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Delcy Rodríguez indicó que la ANC va a castigar con su clausura a aquellos medios de comunicación que transmitan mensajes que incurran en los delitos contemplados en la Ley Contra el Odio. “El prestador de servicios de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión”, según se lee en uno de los artículos de la ley aprobada. El texto establece además multas para las personas jurídicas responsables de redes sociales y medios electrónicos que no retiren en un plazo de seis horas mensajes “de odio”, así como sanciones de hasta el 4% de sus ingresos fiscales brutos a aquellos dueños de medios que se nieguen a publicar contenidos de promoción de la “tolerancia”. Los citados medios, públicos o privados, deberán reservar para los “mensajes que promuevan la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco” un mínimo de 30 minutos de su programación semanal.
¿Una Ley sólo para opositores?
Desde que saltó a la calle la frase “aquí no se habla mal de Chávez”, las alarmas se comenzaron a prender. Ese es el criterio del abogado penalista Jesús Ollarves, quien fundamenta su argumento en las declaraciones de Delcy Rodríguez, el 23 de agosto pasado “Es una ley para todos, para evitar que ocurra una confrontación, una guerra. No es menos cierto que el odio y la intolerancia han sido promovido por sectores de la oposición”. Ollarves ve allí el mayor peligro de la Ley del Odio de la Constituyente de Maduro. “Esa ley permitirá que sean víctimas de acciones penales todos los que sean opositores”. Dice el jurista que depende del intérprete determinar qué es odioso y merecedor de sanción. “Una obra como Los Versos Satánicos -la cuarta novela del escritor Salman Rushdie, publicada en 1988, y que le valió condenas a muerte aún vigentes en países musulmanes-, sería odiosa. O una película como El Resplandor a alguno le puede parecer odiosa”. Seguramente el abogado sabe que su argumento quizá es exagerado pero es un alerta sobre la ambigüedad del término y de la propuesta legal. “La expresión ‘odio’ no es universalmente compartida en el derecho penal”, puntualiza Ollarves. “A la larga, siguen siendo delitos contra la expresión. La tendencia internacional es a despenalizar los delitos relacionados con la expresión, y lamentablemente en Venezuela estamos ahondando más la brecha entre el estándar mínimo favorable previsto en el artículo 13 de la Convención Americana de los DDHH y lo que también establece el artículo 57 y 58 de la Constitución que habla de derecho a la información sin estimar si es bonita, fea, moral, amoral, odiosa o amorosa”. El penalista afirma que con la Asamblea Nacional Constituyente “no está facultada para ir más allá de los estándares universalmente aceptados” y afirma que se busca la censura y la autocensura aunque “los límites están jurídicamente definidos en los tratados de DDHH”. La Convención Americana en la materia establece al respecto que “estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional”. No habla de política.
La libertad de expresión y el delito de odio
Según la Liga Antidifamación de Estados Unidos ADL por sus siglas en inglés, la legislación sobre crímenes de odio nunca ha sido para castigar a las personas por sus creencias o lo que dicen. Más bien, se trata de castigar a las personas por sus acciones criminales. “En 1993, la Corte Suprema (de EEUU) confirmó unánimemente la ley de crímenes de odio de Wisconsin (que está basada en el estatuto modelo de ADL) debido a que la ley claramente no condenaba las expresiones de odio, que están protegidas por la constitución”. Un informe elaborado en 2004 por la Organización de Estados Americanos, estudia los delitos de odio y la Convención Americana de DDHH, en contraste con instrumentos similares de la ONU y la Unión Europea. Allí recuerda que “el Tribunal Penal Internacional para Ruanda observó que, cuando el objetivo detrás de una transmisión material es de buena fe se utiliza para la investigación histórica o para trasmitir noticias o información, por ejemplo no se concluía que constituyese incitación”, y añade: “En el caso de la Alemania nazi, por ejemplo, no se alegó que la publicación de declaraciones antisemitas tuviera vínculos con “alguna forma particular de violencia”. Por ello, los que objetan la Ley aseguran que la norma podría apuntar a ser una nueva medida coercitiva contra medios de comunicación, partidos y sectores adversos al gobierno, que sin cometer un acto criminal, vaya sin embargo preso por expresar una idea o pensamiento sobre la actuación indebida de otro ser humano.
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