miércoles, 21 de febrero de 2024

 Las irregularidades que evidencia Tarek William Saab en sus declaraciones sobre Rocío San Miguel

El exfiscal Zair Mundaray explicó las faltas cometidas por Tarek William Saab durante la presentación de la evidencia en el caso de Rocío San Miguel, entre ellas violación a la presunción de inocencia y al principio de reserva. Las defensoras de derechos humanos Martha Tineo y Lexys Rendón también se refirieron al caso, y señalaron que los mapas mostrados este lunes 19 de febrero eran utilizados por San Miguel en su labor como profesora

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Caracas.- Este lunes 19 de febrero el fiscal general nombrado por el chavismo, Tarek William Saab, ofreció una rueda de prensa en la que presentó las supuestas pruebas que vinculan a la defensora de derechos humanos Rocío San Miguel con la llamada operación Brazalete Blanco, una declaración que algunos abogados y expertos catalogan de irregular, fuera de lugar y hasta «ridícula».

Saab señaló que San Miguel fungía como espía a través de parejas o por relaciones públicas con funcionarios de las Fuerzas Armadas con el fin de para planificar acciones en contra de la soberanía nacional.

Entre las pruebas que mostró Saab destacan una serie de mapas de Venezuela, que fueron extraídos de su vivienda el pasado miércoles 14 de febrero durante un allanamiento, así como computadoras y dispositivos móviles.

“Todo lo que ha dicho (Saab) es ajeno al derecho, a la lógica y a la racionalidad y, de alguna manera, constituye una burla a los venezolanos”, adelantó el abogado y exfiscal del Ministerio Público Zair Mundaray.

Para Martha Tineo, se trata de unas evidencias “bastante debatibles”. Recordó que San Miguel es profesora universitaria y su cátedra tiene que ver con seguridad de la nación. Lexys Rendón, coordinadora del Laboratorio de Paz, coincide y recuerda que desde el allanamiento a la vivienda de San Miguel los abogados informaron que lo único que consiguieron fueron los mapas a los que se refirió Tare William Saab este lunes 19.

“Control Ciudadano es una de las organizaciones más rigurosas, de atención directa al establecimiento militar y la ciudadanía venezolana y el cumplimiento de garantías y derechos en base al comportamiento militar frente a la ciudadanía, por lo que es absolutamente lógico que ella tenga esos mapas”, dijo Rendón.

Estas son las irregularidades sobre el caso contra Rocío San Miguel evidenciadas por el fiscal Tarek William Saab en su rueda de prensa:

Violación a la presunción de inocencia

La abogada y defensora de derechos humanos Martha Tineo asegura que con las declaraciones de Saab se viola la presunción de inocencia, un principio consagrado en la Constitución. “Se le está señalando a una persona, ya se le está criminalizando de algo sobre evidencias que son absolutamente absurdas”, dijo.

Al respecto, Mundaray detalló que el artículo 2 de la Constitución establece que toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario. Esa demostración, continúa, implica que exista una condena en un juicio con las debidas garantías y que se hayan agotado todos los recursos frente a la condena.

Asimismo, dijo que la Ley Orgánica del Ministerio Público prohíbe a los fiscales adelantar opiniones sobre las causas que conozcan. “Estas se pueden emitir cuando se presente el acto conclusivo, pues antes de eso no se puede señalar a alguien como responsable y menos violando la Constitución que obliga a los funcionarios a referirse al resto de la población como ciudadano. Tarek le dice a las personas ‘aberrado’, ‘criminal’, ‘psicópata’, totalmente desligado de una obligación constitucional”.

Violación al principio de reserva

Tanto Tineo como Mundaray explicaron que el artículo 286 del Código Orgánico Procesal Penal establece que en la fase de preparación, que es en la cual se encuentra el proceso actualmente, la información debe ser reservada y solo puede ser examinada por el imputado y sus defensores, los fiscales del Ministerio Público que estén dirigiendo esa investigación y los organismos de seguridad, es decir, los órganos auxiliares de justicia que están recabando todas esas evidencias. “Este no es el momento procesal para hacer público esto ni debatir evidencias”, dijo Tineo.

Mundaray resaltó que ni San Miguel ni sus abogados tienen acceso a estos actos, lo que también es violatorio al artículo 49 numeral 1 de la Constitución, relacionado con la asistencia jurídica, la necesidad de un tiempo para revisar las actuaciones y generar una estrategia defensiva. “No se ha podido hacer en este caso porque se le impide a los abogados juramentarse con uno de los esquemas de violación de derechos humanos más graves que ha implementado el Estado con el que solamente los abogados públicos pueden participar”, agregó.

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Revictimización

Para Tineo, con las recientes declaraciones de Tarek William Saab se está revictimizando a Rocío San Miguel y a su entorno familiar, pues se le está sometiendo al escarnio público.  “Se está atentando contra su honorabilidad y su dignidad y eso es sagrado”, apuntó.

Falta de delito

Según Mundaray, no puede haber complicidad en el caso de Rocío San Miguel porque no hay delito. “Para que usted sea autor de un hecho punible debe determinarse que tiene una responsabilidad en alguno de los delitos escritos en alguna norma penal”, apuntó.

En ese sentido, dijo que el cómplice es quien ayuda a ese autor a que se cometa ese crimen, es decir, aporta algún elemento material o físico y esa acción resulta importante para que el hecho se lleve a cabo. “Cada vez que él (Tarek William Saab) plantea que hay un cómplice está mal porque tendría que describir cuál es el hecho principal y el hecho conexo, pero si no puede explicarla autoría menos la complicidad”, expresó.

Resaltó que tener contactos en la agenda telefónica no constituye un delito hasta que se pueda demostrar que hubo interacciones que modificaron el ambiente y constituyan un delito.

Sobre el espionaje que refirió Saab, Mundaray dijo que esa figura como tal no está estipulada en la legislación venezolana. Explicó que la Ley de Seguridad de la Nación estipula en uno de sus artículos el delito de divulgación de información que comprometa la seguridad y defensa de la nación a particulares o a otro Estado, que es penado con prisión de cinco a diez años, pero esta Ley aplica solo a funcionarios públicos.

Por otro lado, el artículo 134 del Código Penal dice que cualquier persona que indebidamente, en perjuicio de la República, haya revelado secretos políticos o militares concernientes a la seguridad de Venezuela.

“No hay nada más violatorio al debido proceso que decir espionaje, sobre todo cuando ese delito de manera específica no existe sino la revelación de secretos”, señaló. En cualquiera de los casos, dice Mundaray, Saab debe explicar cómo la acción de San Miguel generó un perjuicio a la República.

Incluso, agregó que los juicios relacionados con secretos de Estado pueden ser privados por el riesgo que genera la divulgación de esa información, pero en el caso de la defensora de Derechos Humanos se relaciona con mapas de acceso público que además fueron exhibidos en rueda de prensa.

Las zonas de seguridad

Mundaray coincidió con organizaciones como Cazadores de Fake News al explicar que las zonas de seguridad marcadas en los mapas de San Miguel son publicadas en Gaceta Oficial cada vez que se decretan para que las personas sepan las áreas donde no se pueden realizar actividades que atenten contra el servicio público del Estado.

“Son públicas porque ellos (el gobierno de Maduro) inventaron un delito que está en el artículo 56 de la Ley de Seguridad de la Nación que dice que cualquiera que organice, sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de las zonas de seguridad dirigidas a perturbar o afectar el funcionamiento de instalaciones militares, de servicios públicos, etc., será penado con prisión de cinco a diez años”.

Mundaray destacó que las zonas de seguridad están establecidas en el título cuarto de la Ley de Seguridad de la Nación. Además, indicó cada una de ellas puede ser señaladas incluso por herramientas como Google Maps o se pueden extraer de cada uno de los decretos y a partir de ahí realizar un mapeo. “No hay ningún secreto en ello, todo lo que exhibió es información pública. Incluso en la página Con el mazo dando (de Diosdado Cabello) dice ‘Lee aquí cuáles son las zonas de seguridad’ (…) Tendrían que meter preso a Diosdado Cabello porque puso cuáles son las zonas de seguridad”, refirió.

Asimismo cuestionó que la acusación verse sobre la utilización de unos mapas en papel cuando en la actualidad hay mecanismos electrónicos para ofrecer mayores detalles sobre las zonas, incluso actividad en vivo. “Esto parece una película de la Segunda Guerra Mundial, es hasta ridículo”, apuntó.

Falta de método de criminalística

Saab se refirió en sus declaraciones a un trabajo de criminalística en el caso de Rocío San Miguel. En ese caso, Mundaray considera que Saab debió mostrar el método de criminalística utilizado, ya sea de campo o de laboratorio.

“Es obvio que no lo hizo, tanto que está exhibiendo la evidencia faltando el manual de cadena de custodia ni un mecanismo de extracción forense, en el caso de los dispositivos de carácter tecnológico”, dijo.

Para Mundaray, exhibir unas computadoras no tiene repercusión desde la criminalística para atribuir la responsabilidad de un delito. “Estamos en el mismo plano de los mapas”, agregó.


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